La Justicia condena a dos años de cárcel a un padre que se aprovechó de su hija, pese al llanto de la pequeña, y a un año de prisión a un joven de diecinueve que llevó la mano de una adolescente hasta sus genitales sin su consentimiento
El municipio asturiano de Siero ha sido hoy, por partida doble, el triste protagonista de dos sentencias a otros tantos sujetos por delitos de agresión sexual contra menores. Y, sin duda, el más impactante de ambos casos para la opinión pública ha sido el primero, dado que la víctima, hija del ahora condenado, contaba sólo cuatro años el el momento de los hechos. Ambos perpetradores ha reconocido sus respectivas acusaciones, y han aceptado penas de prisión que oscilan entre uno y dos años.
Por lo que concierte a ese primer suceso, el hombre ha admitido que entre los días 6 y 7 de febrero de 2022, aprovechando que su hija de cuatro años, que habitualmente residía con su madre, dormía con él en su casa de Siero, abusó de ella, mientras la pequeña lloraba. Los hechos han sido considerados constitutivos de un delito de abusos sexuales, aunque concurre la atenuante de reparación del daño como muy cualificada, pues el sujeto consignó la cantidad de 3.000 euros para cubrir la responsabilidad civil. No obstante, tras reconocer los hechos, aceptó una condena de dos años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; libertad vigilada por otros tres años, con la obligación de someterse a un programa de educación sexual; privación de la patria potestad durante tres años; inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, retribuidos o no, que conlleven contacto regular y directo con personas menores de edad durante cuatro años; y pago de las costas procesales. A mayores, asumió la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros a la niña, su domicilio y lugares frecuentados por ella, así como de comunicarse con la misma por cualquier medio, a lo largo de los próximos cuatro años. Finalmente, el acusado indemnizará con 3.000 euros a la menor, más los intereses legales correspondientes.
Pese a la diferencia de edad, no menos doloroso ha sido el segundo caso juzgado hoy, en el que un joven de diecinueve años procesado por agredir sexualmente en Siero a una menor en estado de embriaguez reconoció este jueves ante la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el delito que le atribuían la Fiscalía del Principado, y aceptó una condena de 1 año de prisión, alejamiento y libertad vigilada. Ambos se encontraban en la casa de un amigo, de dieciséis años, e iban a pasar todos allí la noche, aprovechando que su familia estaba fuera. En el momento de los hechos, el procesado tenía diecinueve años y la menor, diecisiete.
El alcohol, siempre mal consejero
Fue en la noche del 1 al 2 de agosto de 2020, cuando el procesado se trasladó con dos amigas, ambas de diecisiete años, hasta la casa del amigo para divertirse y pasar la noche allí, aprovechando que estarían solos. Una vez en la vivienda, todos consumieron bebidas alcohólicas, lo que afectó intensamente a una de las chicas. No consta la repercusión que tuvo el consumo en las facultades del procesado. En un momento determinado, el procesado cogió la mano de la joven y la acercó a su pene hasta tocarlo, teniendo que forcejear la chica para que la soltara, hecho del que no se apercibieron, o que no recuerdan, sus amigos, que se encontraban en el mismo salón que ellos, en otro sofá. Poco más tarde, estos dos últimos salieron de la habitación porque la otra chica estaba indispuesta, quedando solos los otros dos jóvenes. En ese instante, el procesado cogió a la víctima, quien solo llevaba puesta una camiseta larga y la ropa interior, y la colocó a horcajadas encima de él, y le hizo frotamientos. No consta suficientemente aclarado lo que sucedió después. A continuación, la chica salió del salón y subió a una de las habitaciones de la planta superior, donde pasó el resto de la noche.
El procesado, con carácter previo al juicio, consignó la cantidad de 10.000 euros para hacer frente a las responsabilidades civiles derivadas de esta causa. De todos modos, los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de agresión sexual en su redacción vigente en el momento de los hechos. Concurre la atenuante de reparación del daño. Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó una condena de un año de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; prohibición de aproximarse y de comunicarse con ella durante seis años, que le impedirá acercarse a menos de 300 metros a la víctima, su domicilio, su lugar de trabajo y cualquier otro que frecuente, aunque no esté en ellos, así como establecer contacto escrito, verbal o visual con ella por cualquier medio; y la medida de seguridad de libertad vigilada durante cuatro años, que se ejecutará después de la pena de prisión y se concretará en el momento procedente. Por último, en concepto de responsabilidad civil, indemnizará a la joven con 10.000 euros, más los intereses legales correspondientes.