La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el sacerdote jesuita de Gijón contra la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Oviedo con sede en Gijón que le había condenado por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a siete años y tres meses de prisión.
La sentencia, que no es firme, y puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, según la nota de prensa remitida por el TSJA.
Asimismo, el fallo judicial determina, entre otros motivos para desestimar el recurso, que «los hechos han sido correctamente calificados penalmente por la sentencia apelada, debiendo por tanto mantenerse el reproche jurídico en el que se mueve el proceso penal, al margen de consideraciones de otro tipo, no pudiendo asumir las conclusiones e interpretación que el escrito de recurso hace de manera interesada de esos mismos hechos».
Además, si bien en el recurso el ya condenado había apelado al largo tiempo transcurrido entre la denuncia, el 11 de enero de 2019, y la sentencia, el pasado 26 de febrero, el Tribunal recuerda que debido a la pandemia de la COVID-19 estuvieron suspendidos los plazos procesales.
Según el TSJA, al margen de lo anterior mencionado, el proceso penal se desarrolló dentro de los plazos normales de tramitación. «El único paréntesis sufrido fue el que transcurrió entre julio de 2019 y enero de 2020 en relación a unos dictámenes periciales que en todo caso el órgano judicial», se remarca, antes de insistir en que descartan que haya habido dilaciones indebidas, al contrario de lo expuesto por el jesuita en su recurso.
Hechos probados
Cabe recordar que, de acuerdo al fallo judicial de la Sección Octava de la Audiencia, el sacerdote y profesor, en el curso escolar 2006/2007, cuando contaba 36 años, conoció a la alumna de primero de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), de 12 años.
Al inicio del curso 2007-2008, estando en segundo de la ESO, la niña empezó a frecuentar el espacio conocido como ‘Llar’, destinado por el colegio al uso creativo y educativo del tiempo libre, entablándose entre ambos una relación cordial.
En aquella época la víctima, con 13 años, la menor atravesaba un momento difícil, pues estaba próximo el juicio de divorcio de sus padres y debía declarar.
Aprovechando esas circunstancias, el procesado se convirtió en un adulto de referencia para ella, teniendo un trato agradable, mostrándose muy comprensivo y haciendo que se sintiera una persona muy especial.
Además, sabedora de que mantenía conversaciones por medios informáticos con alumnos del curso, le solicitó ser agregada a su Messenger, intercambiándose ambos sus direcciones de correo electrónico.
Por este medio, comenzaron a tener diariamente largas conversaciones privadas en las que el acusado le decía frases inapropiadas, tales como «que la quería» «que no era de piedra» y la llamaba «solete» y «princesa».
En el curso 2008-2009, estando ella en tercero de la ESO, el jesuita fue destinado a Méjico y antes de marcharse (en septiembre de 2008), a modo de despedida y aprovechando la inmadurez emocional y situación de ascendencia creada sobre ella, se vio con esta en el ‘Llar’, donde, con ánimo libidinoso, la besó en los labios en dos ocasiones, en días distintos. Previamente, y más de una vez, en su despacho, le había acariciado los glúteos por encima de la ropa y besado en el cuello.
Durante su ausencia, le contó su historia a una amiga, pidiéndole que guardase silencio. También le dijo que se habían besado en la boca a su prima. Además, siguió comunicándose por correo electrónico y telefónicamente con él.
En mayo de 2009, el sacerdote regresó de Méjico, y ya finalizado el curso, en los meses de mayo y agosto, facilitó a la víctima, que tenía 14 años, el acceso al ‘Llar’ y a su despacho, lugares donde se besaban y acariciaban, recibiendo ella tocamientos en senos y glúteos por encima de la ropa.
También quedaban al anochecer para verse en el parque de Isabel la Católica o a pasear por el Muro de San Lorenzo o por el Puerto Deportivo de Gijón.
El 14 de agosto de 2009, noche de los fuegos artificiales, estuvieron viendo el espectáculo pirotécnico junto a la amiga de la víctima, la cual vio como el sacerdote abrazaba por detrás y besaba en la mejilla a la menor.
A finales del mes de agosto de 2009, fue trasladado a La Coruña. Desde allí realizó diversos viajes a Gijón en los que se vio con la menor.
Contando la adolescente con 15 años de edad, en lugares retirados como el Área Recreativa de Deva o la Providencia de Gijón, en el interior del coche de el acusado, mantuvieron relaciones sexuales consistentes en masturbaciones mutuas.
Más de cuatro años de abusos
Durante el curso académico 2010-2011, cursando primero de Bachiller, continuaron relacionándose de forma clandestina en Gijón. También se vieron en los Encuentros de Pascua celebrados en Villagarcía de Campos (Valladolid), besándose apasionadamente en la habitación en presencia de su amiga.
El 31 de octubre de 2011, cursando ya segundo de Bachiller, con 17 años de edad, el acusado mantuvo con ella una relación sexual con penetración.
En febrero de 2012, la menor intentó romper la relación amorosa con el procesado, pero no le fue posible por la dependencia emocional tan grande que le unía a él.
Sobre el mes de mayo o junio de ese año, volvió·a intentar dejarlo, iniciando la joven en el mes de julio una relación sentimental con su actual pareja. No obstante, el jesuita le empezó a enviar cartas, y hasta el mes de septiembre siguieron teniendo encuentros de carácter sexual.
A consecuencia de estos hechos, la víctima la sufre un trastorno de tipo Ansioso-Depresivo, encontrándose en la actualidad a tratamiento.
El 14 de marzo de 2019, estando destinado el acusado en Logroño, fue denunciado en Comisaría por conductas inapropiadas con una alumna del Colegio Sagrado Corazón de la citada localidad.
Actualmente, tiene abierto un expediente de investigación previa en la Compañía de Jesús, en el que se han adoptado como medidas cautelares tales como: Desconectar su perfil de cualesquiera de las posibles redes sociales en las que esté activo; o Prohibición de mantener trato con menores directamente o por cualquier medio digital; y prohibición de ausentarse de la comunidad de Madrid-Cantoblanco sin permiso expreso del superior de la Comunidad.
Con anterioridad a la celebración del juicio oral, el procesado consignó la cantidad de 3.000 euros para pago de la responsabilidad civil.