Al menos 338 condenados por delitos sexuales en toda España se han beneficiado ya en sus penas por la ley
El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del ‘solo sí es sí’ asciende al menos a 338, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 23 personas. Las últimas 60 rebajas de pena que han trascendido este lunes se han producido en Andalucía, Comunidad Valenciana, Canarias, País Vasco y Navarra.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) andaluz informa de que hasta el momento se han registrado en esa comunidad unas 64 rebajas de condenas en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual. Dicha cifra incluye las 21 que hasta ahora estaban contabilizadas, por lo que este lunes habría que sumar 43 nuevos casos. A la lista se añade también una nueva excarcelación.
Por su parte, en el TSJ de la Comunidad Valenciana aseguran que llevan ya 46 rebajas contabilizadas. Al estar incluidas las 33 que ya estaban registradas, se añaden 13 nuevos casos.
A la cuenta se suman también otros 3 casos: 2 computados en Álava, donde la Audiencia Provincial rebaja de 4 años a 2 años y 7 meses la pena de prisión impuesta a dos personas condenadas por delitos de agresión sexual; y 1 en la Audiencia de Las Palmas, donde rebajan de 12 años a 10 años la pena de prisión de un hombre condenado por agredir sexualmente a una menor de 16 años.
Al margen, la Audiencia de Navarra asegura que cuenta con un nuevo caso en el que se ha aplicado la ley del ‘solo sí es sí’ es beneficio del reo. Con estas 60 nuevas rebajas contabilizadas el número de condenados por delitos sexuales que se han visto beneficiados por la reforma penal ha pasado de 278 a 338 desde el pasado viernes.
Propuesta de Reforma
Hace dos semanas, la ministra de Justicia, Pilar Llop, lamentó que la ‘ley del sólo sí es sí’ no haya tenido «los efectos deseados» y aseguró que en el ámbito del derecho transitorio el Gobierno «pensó que sería aplicable otro tipo de respuesta» en consonancia a la propuesta por la Fiscalía General del Estado.
Este lunes, la portavoz del Comité Electoral PSOE, Pilar Alegría, ha asegurado que el grupo parlamentario presentará «lo antes posible» una propuesta de ley para reformar la ley del ‘solo sí es sí’ para «cerrar la puerta a los efectos indeseados» de la misma y para la que esperan contar con el apoyo de sus socios de coalición de Unidas Podemos.
Alegría ha dejado claro que en ningún caso se tocará el «corazón» de la ley, el consentimiento de la mujer. Desde Podemos han rechazado cualquier cambio que suponga volver al modelo legislativo anterior, algo que aprecia en la propuesta del Ministerio de Justicia ante las «presiones» del PP y sectores conservadores.
A 30 de enero, se confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 17 comunidades autónomas. Según los datos recabados hasta ahora por Europa Press, constan 64 en Andalucía, 46 en País Vasco, 46 en Comunidad Valenciana, 42 en Madrid, 30 en Galicia, 21 en Castilla y León, 18 en Baleares, 14 en Canarias, 13 en Asturias, 11 en Cataluña, 9 en el Supremo, 8 en Extremadura, 7 en Cantabria, 2 en Murcia, 2 en La Rioja, 2 en Aragón, 2 en Navarra y 1 en Castilla-La Mancha.
De estos 338 casos, 23 han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 3 en País Vasco -1 por orden del Tribunal Supremo–, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 2 en Asturias, 1 en Extremadura, 1 en Castilla y León, 1 en Canarias y 1 en Andalucía.
Los casos aquí contabilizados representan una estimación a la baja, toda vez que no todos los TSJ llevan un registro actualizado al día del número de casos de rebajas que se dictan en sus tribunales.
En los 338 casos registrados hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones y rebajas de condenas se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley «más favorable» al reo.
La ley del ‘solo sí es sí’ ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.
El criterio del Supremo
El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el ‘caso Arandina’ que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo.
El alto tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del ‘caso Arandina’ y condenó a 9 años de cárcel –y no a 10, como pedía la Fiscalía– a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del ‘solo sí es sí’.
Los magistrados elevaron las penas –desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León– tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.
El Supremo ha rebajado ya 9 penas de prisión relativas a delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco.