La Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, ha condenado a tres años y medio de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de la hija de su pareja, menor de edad, después de que el sujeto aceptase dicha pena. De ese modo se hará efectiva la petición de la Fiscalía, ligada a seis años más de libertad vigilada.
Según informa el Ministerio Fiscal el acusado, nacido en Ecuador en 1975, mantenía una relación sentimental con convivencia con una mujer, madre de una hija nacida en 2006, fruto de una relación anterior. En momentos no determinados pero entre agosto de 2020 y agosto de 2021, en el domicilio familiar, ubicado en Gijón, el acusado buscaba acercarse a la menor, a la que besaba en los labios y pechos, pese a su negativa, y sin que mediase violencia o intimidación.
Igualmente, al menos en dos ocasiones el acusado tocó los glúteos y la vagina de la menor, sin que se produjera penetración. A consecuencia de estos hechos, la menor presenta diversos factores de vulnerabilidad referidos al contexto familiar, educativo, social y personal, con baja autoestima y dificultades en la regulación de sus emociones, con sintomatología postraumática, agudización de síntomas previos, incluidos crisis de llanto y conductas autolíticas y de intento de suicidio.
En septiembre de 2021, el Juzgado de Instrucción Número Uno de Gijón adoptó como medida cautelar la prohibición de acercarse a menos de 200 metros a la menor, a su domicilio, centro escolar o cualquier otro frecuentado por ella, así como comunicar con la misma por cualquier medio, directo o indirecto. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años. Se apreció la atenuante de toxicomanía.
Además de la estancia en prisión y de los años de libertad vigilada, sobre el acusado ha recaído la prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros, así como de comunicación con la misma por cualquier medio. Del mismo modo, no podrá desempeñar actividades que ofrezcan o faciliten la ocasión para cometer hechos delictivos de similar naturaleza, y estará obligado a participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación sexual u otros similares.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la víctima, en la persona de su madre como representante legal, con 4.000 euros por los perjuicios morales sufridos, más los intereses legales correspondientes.