Esa es la pena sugerida por la Fiscalía, y que ha aceptado una mujer que agredió a su expareja en el domicilio de este último, del que, además, deberá permanecer alejada durante cinco años y medio

Ah, el desamor… Cuán difícil suele ser superarlo… Hasta el punto de que, cuando el autocontrol y el sentido común flaquean, una persona es capaz de perder los papeles y reaccionar al mismo de formas… Digamos, poco recomendables. Y parece ser que eso ocurrió en el caso que, este viernes, fue ágilmente resuelto en Asturias. Una mujer acusada de allanar la vivienda de su expareja en Avilés, y golpearle fuertemente en la cabeza con una mancuerna, reconocía ayer los hechos que le atribuía la Fiscalía del Principado, y aceptaba penas que suman dos años y medio de prisión y alejamiento de la víctima durante cinco años y medio.
Según el informe presentado por el Ministerio Fiscal, sobre las 17.18 horas del 6 de septiembre de 2021 la acusada envió a su expareja sentimental un largo mensaje en el que se leía «Tú no me llegas ni a la suela de los zapatos. Eres un aprovechado y un hijo de puta; no quiero saber nada mas de ti, ojalá te pudras en el infierno por canalla y mala persona y aprovecharte de personas sin conocimientos y estafador, no quiero saber nada más de ti, eres un cabrón y una mala persona y dañina (…) Y a ti te queda muy poco de vida por mala persona, y lo peor es que te vas a pudrir en el infierno por mala persona dañina y vengativa, tienes el demonio dentro de ti. Ya quisieras tú compararte conmigo hijo de puta cabrón. (..)».
No obstante, parece que esa voluntad de no querer volver a saber nada del individuo no era tan sólida como parecía… El mismo día, sobre las 23 horas, la encausada accedió sin autorización, ni conocimiento, a la vivienda del hombre; le esperó allí y, cuando el sujeto llegó, le dio un primer golpe en la cabeza con una mancuerna de un kilo, seguido de un segundo. Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió lesiones que requirieron tratamiento médico y quirúrgico. Es más, en las semanas posteriores al doble ataque presentó crisis de angustia, fallos de memoria y alteraciones de sueño.
Bajo los efectos de medicamentos y alcohol
Según informó ayer la Fiscalía, la mujer había consumido alcohol y medicación, lo que le provocó una disminución parcial de su capacidad volitiva. Aun así, por estos hechos el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Siete de Avilés acordó cautelarmente prohibir a la acusada aproximarse a menos de 200 metros a la víctima y comunicarse con ella por cualquier medio. Finalmente, las acciones de la acusada fueron consideradas constitutivas de un delito de injuria o vejación injusta de carácter leve en el ámbito familiar, un delito de allanamiento de morada, en concurso medial con un delito lesiones cualificadas. Además, concurre la circunstancia mixta de parentesco en su vertiente de agravación y la de alteración psíquica.
Por todo ello, ha aceptado penas que suman los dos años y medio de prisión y alejamiento de la víctima durante cinco años y medio. Además, deberá indemnizar a la víctima con 1.360,48 euros por las lesiones sufridas y con 4.228,76 euros por las secuelas, más los intereses legales correspondientes. La Fiscalía no se opone a que se le conceda a la acusada la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad, condicionado a que no delinca en el plazo que establezca el magistrado presidente del tribunal -que determinará igualmente la duración de la suspensión-, a que abone la responsabilidad civil, cumpla las prohibiciones de aproximación y comunicación y al abono de una multa de cuantía a determinar.