La Fiscalía considera responsable del siniestro al chófer, que padecía epilepsia y se medicaba para tratarla, pero que continuó trabajando pese a ello, y no informó de la afección a la empresa; el accidente costó la vida a cinco pasajeros, y dejó a varias personas heridas

Fue una de las tragedias viales que más impacto ha causado en Asturias en las últimas décadas; tanto, que aún es claramente recordada por no pocos habitantes de la región. El 3 de septiembre de 2018, veinte minutos antes de las dos de la tarde, un autobús de la empresa ALSA que cubría la ruta entre Cudillero y Gijón, con veinte personas a bordo, invadía el carril contrario poco después de salir de Avilés, y se estrellaba contra uno de los pilares de hormigón que sostiene el paso elevado sobre la AS-392. Tan violento fue el choque, que el frontal del vehículo quedó empotrado contra la pieza; cinco pasajeros perdieron la vida, y otros quince resultaron heridos. Y ahora, seis años y medio después, el conductor de aquel autobús se sienta este lunes en el banquillo del Juzgado de lo Penal Número Dos de Avilés, señalado como responsable de aquel suceso. ¿La razón? Haber seguido trabajando pese a la epilepsia focal criptogénica que padecía; la misma para la que se estaba medicando, que no notificó a ALSA y que le llevó a perder el conocimiento al volante. Una imprudencia por la que la Fiscalía reclama una pena de cuatro años de prisión.
Tal como recuerda el Ministerio Fiscal, en el momento del impacto la carretera en cuestión, de doble sentido y con dos carriles para cada sentido, de 3,60 metros cada uno, estaba en obras, aunque «debidamente señalizadas con señal vertical situada 759,5 metros antes del lugar en el que ocurrieron los hechos». De hecho, el carril izquierdo de rodaje estaba cerrado al tráfico, situación señalizada 600 metros antes del escenario de la tragedia, y delimitado con barreras laterales desplazables. Así, el autobús pilotado por el acusado circulaba por el único carril habilitado para ello; al llegar al kilómetro 0,294, en un «tramo curvo amplio con proyección a la izquierda, con la calzada seca, limpia de sustancias deslizantes y con perfecta visibilidad», el chófer invadió el carril cortado para la circulación, arrastrando las barreras laterales indicativas de las obras, y, 520 metros más adelante, se estampó contra el pilar de hormigón. Tres hombres de entre el pasaje (nacidos en 1940, 1943 y 1959, respectivamente), y dos mujeres (nacidas en 1963 y 1966),, murieron y otras catorce personas sufrieron heridas de diversa consideración.
Una imprudencia con consecuencias dramáticas
Siempre según la Fiscalía, desde el año 2015 el conductor padecía epilepsia focal criptogénica, enfermedad por la que estuvo de baja laboral desde el 14 de febrero de 2015 hasta el 10 de febrero de 2016. Fue sometido a seguimiento por el Departamento de Neurología del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), pero el sujeto rechazó el diagnóstico de epilepsia por las consecuencias que ello podía acarrear para su actividad laboral, incompatible con dicha dolencia. Es más, en el momento de ocurrir los hechos el acusado seguía tomando el tratamiento médicofarmacológico antiepiléptico para controlar la enfermedad, y estaba advertido de que esa medicación podía afectar a su capacidad en la conducción. También era conocedor de que no cumplía los requisitos establecidos por la legislación vigente, al no haber estado libre de crisis y fármacos antiepilépticos durante cinco años, lo que es incompatible con la conducción de autobuses, y así se lo habían explicado los profesionales sanitarios que le atendían en el departamento de Neurología del HUCA. No obstante, y pese a todo lo anterior, continuó ejerciendo su profesión, sin informar a ALSA de los detalles; es más, al ser contratado por la empresa ese mismo año, se le declaró apto tras los exámenes médicos.
Por todo lo anterior, se le considera responsable de cinco delitos de homicidio por imprudencia grave, y de otros doce de lesiones por la misma razón. En consecuencia, además de los cuatro años de cárcel, el Ministerio Fiscal reclama para él la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores durante otros seis años, el abono de las costas del proceso y el pago a aquellos afectados que no han manifestado expresamente su renuncia (los herederos de uno de los fallecidos y cinco de los heridos) de indemnizaciones que rebasan los 674.000 euros, amén de los intereses legales correspondientes.
Interesante, gracias.