La Fiscalía considera que los hechos, acontecidos en Magnus Blikstad en enero de 2022, son constitutivos de homicidio en grado de tentativa y de abuso sexual; el agredido, que sufrió patadas en la cabeza, tardó en recuperar 289 días

Irrumpió en una conversación ajena, le tocó el glúteo a una mujer que no conocía y, al ser recriminado por el otro hombre, le golpeó y se ensañó en el suelo con patadas a la cabeza y cuerpo «animado por la intención de acabar con su vida», mantiene Fiscalía. Sucedió el martes 18 de enero de 2022, a las 00.45 horas, en Magnus Blikstad y esta mañana comenzó la vista oral en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, aunque fue suspendida y aplazada a una fecha aún por determinar para la práctica de prueba que no fue posible llevar a cabo hoy.
Fiscalía solicita para el procesado, en situación administrativa irregular y sin arraigo en territorio nacional, nueve años y medio de cárcel, 2 por abuso sexual y 7 y medio por homicidio en grado de tentativa. En el primer caso, también se pide inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena; prohibición de aproximación al domicilio de la mujer, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma, a menos de 300 metros, así como prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, en ambos casos durante 3 años y 6 meses; inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 4 años; y la medida de libertad vigilada durante 4 años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad. Mientras, en el segundo, se reclama de igual forma inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena; y medida de libertad vigilada durante 5 años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad.
Además, de conformidad con lo prevenido en el artículo 89 del Código Penal, una vez el procesado haya cumplido las tres cuartas partes de la pena impuesta, el Ministerio Fiscal requiere que se le sustituya la pena de prisión restante por la expulsión del territorio nacional y la prohibición de entrada en el mismo por un periodo de 8 años desde la fecha de su expulsión. Mientras, en concepto de responsabilidad civil, se señala que el procesado indemnice al hombre con 17.940 euros por el tiempo invertido en curar de sus lesiones, 289 días, con 16.000 euros por las secuelas y con 2.500 euros por los gastos del tratamiento odontológico, y al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) con la cantidad que acredite en concepto de gastos médicos. También al abono de las costas del procedimiento.
«Pero si te gusta»
Los dos agredidos se encontraban charlando en un banco situado a la altura del número 11 de Magnus Blikstad cuando el procesado se acercó a hablar con ellos, con los que no mediaba ningún tipo de relación. Poco después, le pidieron que se fuera para seguir su conversación, a lo que respondió encarándose a la mujer, a la que le cogió un glúteo y le dijo «pero si te gusta». Al ser recriminado por el hombre, le golpeó en la boca de manera sorpresiva, tirándolo al suelo, donde le siguió pegando, ahora patadas en la cabeza y el cuerpo, «animado por la intención de acabar con su vida», para abandonar después el lugar de manera apresurada. Como consecuencia de este ataque, el atacado sufrió policontusiones en cara (con dolor y tumefacción en la pirámide nasal, dolor mandibular, pérdida de dos piezas dentales y movilidad en una) y en el abdomen (pancreatitis aguda postraumática, laceración pancreática y hematoma), lesiones que hubieran comprometido la vida del mismo de no recibir asistencia inmediata.
En virtud del auto de fecha 26 de enero de 2022, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2, se prohibió al agresor aproximarse a menos de 300 metros a la pareja, a sus domicilios, lugares de trabajo y cualesquiera otros en que se encuentren, así como prohibición de comunicar con ellos por cualquier medio.