PACMA Asturias respalda una sentencia pionera de un juzgado de Barcelona que considera improcedente el despido de una trabajadora por faltar al trabajo para atender a su mascota

¿Es lícito que un trabajador se ausente de su puesto de trabajo para dar respuesta a una urgencia veterinaria de su mascota? Una pregunta que quizá más de una familia con animales a su cargo ha podido hacerse en algún momento, tiene ahora respuesta. Al menos, así lo recoge una reciente sentencia del Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona, que avala este tipo de ausencias cuando concurren circunstancias excepcionales y humanitarias. Y es que el fallo judicial estima el recurso presentado por una trabajadora despedida por una empresa de call center tras acumular varias ausencias que la compañía consideró injustificadas. Según los hechos probados, una de las faltas se produjo después de que la empleada recibiera una llamada urgente de la clínica veterinaria donde se encontraba su perro, gravemente enfermo y en estado terminal, para informarle de la necesidad de practicarle la eutanasia.
De esta manera, la sentencia considera que la ausencia no puede calificarse como ‘caprichosa’, sino que responde a “razones sobrevenidas, imprevisibles, humanitarias y éticas”. Una afirmación con la que coincide el partido PACMA Asturias, que este jueves ha defendido que ningún trabajador o trabajadora debería enfrentarse a sanciones laborales o a un despido por ausentarse del trabajo para atender una urgencia veterinaria de su mascota. Por ello, la formación animalista valora esta sentencia como un avance significativo en el reconocimiento social y jurídico del vínculo entre las personas y sus animales de compañía, recordando además que el Código Civil dejó de considerar a los animales como meras cosas para reconocerlos como seres sintientes, un cambio legal que, a juicio del partido, debería tener reflejo también en el ámbito laboral.
A este respecto, PACMA Asturias señala de que se trata de una sentencia pionera pero que, ante la ausencia de una jurisprudencia consolidada, la consideración de estas ausencias sigue quedando al criterio de los jueces en cada caso concreto, algo ante lo cual la entidad asturiana considera necesario que la legislación laboral incorpore de forma expresa los supuestos en los que las urgencias veterinarias puedan justificar una falta de asistencia al trabajo, con el fin de evitar situaciones de inseguridad jurídica.