Los hechos tuvieron lugar en 2022 tras citarse con la mujer en una vivienda a través de una página web y, una vez pasado el tiempo contratado, arrojarla violentamente en la cama e inmovilizarla para agredirla sexualmente

Un hombre nacido en 1972 acusado de agredir sexualmente a una prostituta en Gijón se enfrenta a una posible condena de 9 años de cárcel. Es la pena que solicita la Fiscalía de Área de Gijón por unos hechos acontecidos en la tarde del 6 de mayo de 2022. El procesado había concertado los servicios sexuales de la mujer por una página web para las 18.30 horas en un domicilio de Gijón, 30 minutos por 50 euros, pero pasado ese tiempo la violó tras arrojarla violentamente sobre la cama e inmovilizarla sujetándole las manos. El miércoles se celebró la vista oral en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en el concejo, y quedó vista para sentencia.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual —violación— tipificado en el artículo 179.1 y 2 del Código Penal (artículo 179, según la redacción vigente en la fecha de los hechos de la Ley Orgánica 15/2003), y de un delito leve de lesiones, en el 147.2, y solicita que se condene al procesado a 9 años de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; libertad vigilada durante 7 años; prohibición de aproximarse a la víctima, a su domicilio y lugar de trabajo a menos de 200 metros, y de comunicarse con ella por cualquier medio, todo ello durante 10 años; inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento durante 2 años; e inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, sean o no remunerados, que conlleven un contacto regular y directo con menores de edad durante 15 años. También una pena de multa de 2 meses con una cuota diaria de 14 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización a la víctima de 30.428 euros por daños morales y secuelas psíquicas, las lesiones físicas causadas y gastos médicos ocasionados, y al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) de 58,97 euros por la asistencia médica dispensada, cantidades a las que hay que sumar los intereses legales correspondientes.