La reforma introduce novedades en adelantamientos, atascos y circulación de motos, bicicletas y patinetes

Los conductores tienen una fecha marcada en rojo en el calendario: 1 de octubre de 2026. Ese día entrará en vigor buena parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno para reforzar la protección de los usuarios más vulnerables de las carreteras y calles españolas.
Los cambios afectan a prácticamente todos: conductores de coches, ciclistas, motoristas, usuarios de patinetes eléctricos e incluso profesionales como taxistas o repartidores. Algunas de las nuevas obligaciones están tipificadas como infracciones graves y pueden suponer sanciones económicas de 200 euros.
Una de las novedades que más directamente afectará a los automovilistas tiene que ver con los adelantamientos a ciclistas en carreteras convencionales. Además de respetar la separación lateral establecida, el vehículo tendrá que reducir su velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite máximo de la vía. Cuando existan dos o más carriles en el mismo sentido, deberá ocupar completamente el carril contiguo para efectuar el adelantamiento.
También habrá cambios importantes dentro de las ciudades. Los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril, mientras que los vehículos a motor deberán mantener al menos cinco metros de distancia respecto a una bicicleta que circule delante de ellos por el mismo carril.
En determinadas calles de un único carril limitadas a 30 kilómetros por hora o menos, los ayuntamientos podrán además autorizar, previa señalización, que las bicicletas circulen en ambos sentidos.
Cambios importantes para los motoristas
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores constituyen otro de los colectivos especialmente afectados. La reforma establece el uso de calzado cerrado en todo tipo de vías. El incumplimiento será considerado infracción grave, castigada con 200 euros.
La normativa contempla también el uso obligatorio de guantes de protección en vías interurbanas, aunque esta obligación tiene una particularidad: su aplicación efectiva queda pendiente de la entrada en vigor de la orden ministerial que establezca sus especificaciones técnicas.
Otra novedad permitirá que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando exista congestión, siempre que el tramo esté previamente señalizado y sin superar los 30 kilómetros por hora.
Patinetes: edad mínima y casco
La reforma también endurece las condiciones para circular en vehículos de movilidad personal. Se establece una edad mínima de 15 años para conducir un VMP y será obligatorio utilizar casco. Además, sus usuarios deberán llevar chaleco reflectante durante la noche o cuando exista escasa visibilidad. No cumplir estas obligaciones supondrá una infracción grave sancionada con 200 euros.
Los repartidores profesionales tendrán todavía más exigencias: quienes trabajen utilizando VMP o bicicleta deberán utilizar casco y chaleco reflectante en todo momento.
El nuevo “carril de emergencia”
Otra modificación afectará a los atascos en autopistas y autovías. Cuando exista una retención y los vehículos estén detenidos o avancen a paso de peatón, deberán apartarse para dejar libre un espacio central destinado a los servicios de emergencia.
También cambia la forma de pasar junto a un vehículo inmovilizado por accidente, avería, mantenimiento o labores de auxilio: habrá que dejar 1,5 metros de separación lateral y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la carretera.
Taxistas, conductores de vehículos de mercancías y profesores de autoescuela perderán, además, las exenciones que tenían respecto al cinturón de seguridad y deberán llevarlo puesto.
La mayoría de estas modificaciones entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque existen excepciones. El alumbrado obligatorio para los VMP y determinadas exigencias de homologación de cascos no comenzarán a aplicarse hasta el 1 de octubre de 2027.
Un cambio de reglas que obligará a millones de conductores a modificar algunos hábitos cotidianos al volante.