«Las mujeres son unas putas, solo valen para follar y fregar» o «no queremos una mujer aquí» son algunas de las frases que la mujer tuvo que soportar
La Fiscalía del Principado de Asturias, Sección Territorial de Langreo, solicita la condena de un trabajador municipal de Langreo acusado de humillar y menospreciar a una compañera por el hecho de ser mujer. La vista oral está señalada para este miércoles, 25 de mayo, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Langreo, a las 09.30 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene los siguientes hechos la víctima se incorporó al Ayuntamiento de Langreo el 12 de junio de 2018, a la sección de cementerios municipales. Era la única mujer en la sección. Ya desde un principio, su presencia en el departamento no fue muy bien recibida por el resto de los empleados, todos varones, que ya manifestaron en un primer momento que no querían «a una mujer» allí. Sin embargo, con el tiempo, la relación fue poco a poco mejorando, excepto la relación con el acusado el cual, casi a diario, y cuando la mujer se encontraba presente, repetía insistentemente: «las mujeres son unas putas, solo valen para follar y para fregar», repitiendo constantemente que no sabía qué hacía una mujer trabajando allí.
Al principio, ella contestaba al acusado, pero con el tiempo, cansada de que no le hiciera caso, dejó de decirle nada, pese a que intentó hablar con él sobre el asunto en al menos dos ocasiones. Las situaciones de menosprecio continuaron siendo constantes. También con todas las mujeres en general. En una ocasión, el acusado se cruzó con una compañera del servicio de jardinería, a la cual no conocía de nada y manifestó: «mira a esa, otra puta que quería venir a Cementerios, menuda hija de puta». Tras soportar la víctima esta situación de desprecio constante, y dado que la situación no mejoraba, el Ayuntamiento de Langreo incoó expediente disciplinario el 3 de diciembre de 2018, puesto que el jefe de los Servicios Operativos en funciones, el 28 de noviembre de ese año, informó de hechos ocurridos entre los meses de octubre y noviembre, al propasarse presuntamente con dos compañeras, con expresiones vejatorias e insultantes hacía las mujeres.
Un año de prisión
En los informes del jefe de la Sección Operativa B, de fecha 27 de noviembre de 2018, consta que incluso fue preciso separar a personas y cambiar medios y sistema de trabajo del personal por esta circunstancia. Por resolución de la Alcaldía se acordó el traslado provisional del acusado, de otro segundo acusado BBB de varios de los empleados municipales del Servicio de Cementerios, en tanto se investigaban las presuntas irregularidades denunciadas.
Pese a ello, cuando la mujer se encontraba realizando su trabajo el día 23 de febrero de 2019 en el cementerio de Sama, su compañero sentimental (que la acompañaba en aquellos momentos por el temor que la propia mujer sentía ante la nueva situación) pudo escuchar cómo una persona se dirigió a otra que se encontraba en el entierro diciéndole :«Os acompaño en el sentimiento, dice la hija de puta, esta fue la que denunció y lo sacaron de cementerios, por culpa de esta hija de la gran puta».
Como consecuencia de los hechos relatados, la mujer fue reconocida por un psicólogo adscrito al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Oviedo, el cual dictaminó que la misma presenta «un trastorno ansioso- depresivo, precisando de terapia psicológica y ansiolíticos a partir de agosto de 2019 y con probable remisión en un máximo de 6 meses tras el cese de las conductas laborales estresoras».
La fiscalía solicita que se condene al acusado AAA a 1 año de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y 9 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre durante 4 años.
Y al acusado BBB, a la pena de 2 meses de multa una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Además, el Ministerio Fiscal solicita que se prohíba al acusado AAA aproximarse a menos de 200 metros y comunicarse por cualquier medio la mujer durante 3 años. En concepto de responsabilidad civil, y como daños morales, el acusado AAA deberá indemnizar a la mujer con 3.000 euros, más los intereses legales correspondientes.