La sentencia, aunque abierta a la apelación, deja claro que la médica actuó de forma correcta
La doctora acusada de homicidio imprudente por la muerte de una paciente de 73 años en una clínica privada de Oviedo ha sido absuelta por la juez María Elena González. La magistrada determinó que la médica actuó conforme a la situación clínica de la paciente, quien estaba en estado agónico irreversible, lo que hacía inevitable su fallecimiento. La decisión de administrar cuidados paliativos, en lugar de medidas más agresivas, fue considerada adecuada dadas las circunstancias.
El 6 de enero de 2018, una mujer de 73 años, ingresada en la clínica desde el 2 de enero, sufrió un deterioro progresivo de su salud tras una caída la madrugada del 5 de enero. A pesar de que la paciente no parecía estar en estado crítico inicialmente, su situación se agravó rápidamente, y al llegar la doctora a su turno de guardia, la mujer presentaba claros signos de agonía. La médica evaluó que el fallecimiento era inminente e inevitable y, tras no poder contactar con los familiares, optó por administrar oxígeno y morfina para aliviar su sufrimiento.
La familia de la paciente presentó una denuncia, acusando a la doctora de negligencia médica por no haber intentado otras medidas. La Fiscalía respaldó la acusación, pidiendo un año de prisión y tres años de inhabilitación, argumentando que la doctora había omitido el protocolo al no realizar un tratamiento intensivo o reanimación. Durante el juicio, la doctora defendió su actuación, explicando que la paciente estaba en un proceso terminal irreversible y que su decisión fue tomada con el objetivo de evitar un sufrimiento innecesario. “Volvería a hacer lo mismo”, afirmó la médica, subrayando que su prioridad fue proporcionar una muerte digna.
La juez, tras evaluar los informes periciales y las declaraciones presentadas, dictó una sentencia absolutoria, concluyendo que la doctora actuó conforme a la ética médica. Señaló que la paciente se encontraba en una fase terminal y que la aplicación de tratamientos intensivos no habría alterado el desenlace, sino que sólo habría prolongado su sufrimiento. La magistrada también destacó que los informes periciales no pudieron establecer la causa exacta de la muerte, lo que refuerza la idea de que el fallecimiento era inevitable. La sentencia resaltó que la doctora había actuado de acuerdo con la lex artis, los principios técnicos y éticos de la medicina, y que la opción de cuidados paliativos era la más adecuada dadas las circunstancias. Además, subrayó que el procedimiento seguido por la médica fue el correcto desde el punto de vista profesional, priorizando el bienestar de la paciente.
La absolución ha generado un intenso debate sobre el manejo de las decisiones médicas en situaciones terminales. Mientras que la familia de la paciente considera que la doctora debió intentar salvar la vida de su madre, muchos profesionales de la salud defienden la decisión como un acto de humanidad, dada la condición irreversible de la mujer.
Aunque la posibilidad de apelación sigue abierta, el fallo judicial refuerza la importancia de la medicina paliativa y la necesidad de un marco claro sobre las decisiones que deben tomar los médicos al enfrentar la muerte inminente de un paciente. El caso también pone en evidencia la línea difusa entre compasión y negligencia en situaciones donde no hay vuelta atrás, y cómo la responsabilidad médica debe valorar el sufrimiento del paciente por encima de las expectativas familiares.