El Juzgado de Instrucción número 2 de Gijón ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa por la muerte de un trabajador en enero de 2020 al caer desde una altura de 25 metros en el estadio de El Molinón al considerar que hubo una «falta de cautela en la acción desarrollada por el fallecido».
Las diligencias de instrucción practicadas corroboran que el trabajador el día 28 de enero de 2020 se encontraba realizando tareas relacionadas con la instalación y sustitución de luminarias en el estadio El Molinón-Enrique Castro ‘QINI’. En un momento dado para utilizar una manguera eléctrica hubo de desplazarse por la cubierta hacia la zona sur del estadio y, no percatándose de que a su paso había una lucernaria pisó ésta que al fracturarse y no haber realizado el trabajador amarre del arnés que portaba a la línea de vida, se precipitó desde la cubierta hasta los asientos falleciendo a consecuencia de las lesiones sufridas.
Las consideraciones expuestas determinan que, existiendo una falta de cautela en la acción desarrollada por el fallecido, de lo actuado no aparezca debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º y, en su caso, en el artículo 779.1.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.