La previsión estatal incluye tanto aportaciones en metálico a los ganaderos y agricultores, como diversas deducciones fiscales en función de su situación particular

Tiempos extraordinarios requieren medidas extraordinarias. Y, con la sequía amenazando con convertirse en una de las próximas ‘pandemias’ de la sociedad global, Asturias contará, por primera vez en su historia, con ayudas directas para apoyar a ganaderos y agricultores frente a dicha amenaza. Así se recoge en el paquete de medidas urgentes aprobado esta semana por el gobierno de España para el sector agrario, y que habían solicitado los ejecutivos autonómicos de Asturias, Cantabria y Galicia.
El real decreto-ley, publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), también incluye iniciativas fiscales, de flexibilización de requisitos relativos a la Política Agraria Común (PAC), o la ampliación de la subvención de los seguros agrarios ya contratados. En ese sentido, las medidas urgentes están dirigidas a los titulares de explotaciones que hayan visto agravada su situación por la sequía. Entre ellas se incluyen ayudas directas a los sectores de vacuno, ovino y caprino de carne y leche, apícola y agrícola.
Atendiendo al detalle, para los productores de carne y leche de vacuno, ovino y caprino, los apoyos se abonarán directamente a los titulares de las explotaciones que sean beneficiarios de las ayudas asociadas de la PAC 2022, y siempre que el importe a percibir sea igual o superior a 200 euros. Por su parte, en el sector apícola, para el que se realizará una convocatoria específica, las ayudas serán complementarias a las de la Intervención Sectorial Apícola, con máximos en función del tamaño de la explotación.
Así mismo, se prevé la flexibilización de determinados requisitos de las ayudas directas de la PAC 2023, como la ampliación hasta el 30 de junio del plazo para la presentación de la solicitud única. También se retrasa la entrada en vigor del Cuaderno Digital de Explotación, y queda para 2025 la incorporación de la totalidad de la información obligatoria.
En lo referente a los seguros agrarios, se podrá subvencionar hasta el 70% del coste de las pólizas ya contratadas que incluyan la cobertura por riesgo de sequía en los cultivos de secano de herbáceos extensivos, avellano, kiwi, olivar, uva de vinificación, almendro, endrino, alfalfa, remolacha azucarera y maíz forrajero. Por otro lado, quedan eximidas del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) las propiedades de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que hayan sufrido en el ejercicio 2023 una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de, al menos, un 20% en zonas con limitaciones naturales, según la normativa de la Unión Europea, o de un 30% en las demás.
Por último, se eximen del pago de IRPF y del Impuesto de Sociedades las ayudas que se perciban por los ecorregímenes de la PAC y del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la formalización de avales de la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA).