La Fiscalía del Principado pide que se condene a pagar dicha multa a un hombre que increpó de ese modo a una mujer en una calle de Oviedo, antes de abalanzarse sobre ella, cogerla por el cuello y tirarla al suelo
No. Por suerte o por desgracia, la libertad de expresión no da pie a que una persona diga todo aquello que desee. La dignidad, el respeto y la no discriminación son algunas de las fronteras invisibles trazadas para evitar que una mala palabras pueda dañar a terceros. Una lección que, según la Fiscalía del Principado, parece que no aprendió cierto hombre para el que se pide el pago de una multa de 900 euros después de que, presuntamente, insultase y agrediese a una mujer en una calle de Oviedo, motivado por la orientación sexual de la víctima. La vista se ha celebrado este lunes en el Juzgado de Instrucción Número Dos de Oviedo, y ha quedado vista para sentencia.
El relato del Ministerio Fiscal sostiene que el pasado 29 de enero, sobre las 16.30 horas, la mujer, nacida en 1985, se encontraba en la calle La Lila de la capital asturiana cuando, de súbito, escuchó una voz masculina que la increpaba. «Bollera de mierda», «lesbiana», «sois una escoria» y «sois una mierda» fueron algunas de las expresiones dirigidas a la susodicha, que localizar de dónde provenían los insultos. En ese momento, el acusado se abalanzó sobre ella, cogiéndola por el cuello, tirándola al suelo y sin que pudiera reaccionar. Por fortuna, terceras personas corriendo a la escena y lograron quitárselo de encima; de hecho, fue la propia víctima quien llamó al 112.
Poco después llegaron al lugar varias dotaciones de la Policía Nacional, que pusieron orden y dieron la primera asistencia a la joven. Ésta acudió al servicio de urgencias de La Lila, donde la derivaron al Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). Fue diagnosticada de contusión costal y contractura de trapecio. Por todo ello, la Fiscalía consideró que los hechos son constitutivos de un delito leve de lesiones, con la circunstancia agravante de cometer el delito por motivos de orientación o identidad sexual. Y solicita que se condene al acusado al pago de una multa de tres meses a razón de diez euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. En concepto de responsabilidad civil, se pide que el acusado indemnice a la víctima con 720 euros, y al SESPA, con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por el servicio médico prestado.