La Sección Tercera de la Audiencia Provincial refrenda la sentencia de seis años y cinco meses dictada por los Juzgados de Oviedo para el sujeto, que llevó a cabo la acción pese a saber de la protección con que cuenta el yacimiento

La buena suerte judicial no ha sonreído a cierto ganadero acusado de verter purines en la cueva prehistórica de El Pindal. Tal como se confirmaba en la tarde de este miércoles, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado, y ha confirmado íntegramente la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal de Oviedo, que, atendiendo a la petición de la Fiscalía del Principado, condena al individuo en cuestión a cumplir seis años y cinco meses de prisión. Por si fuese poco, el sujeto deberá indemnizar al Principado por los dos meses que el yacimiento tuvo que permanecer cerrado, por los salarios que se dejaron de abonar, por el coste de las tareas de limpieza y por el análisis de daños; el total asciende a 10.199,32 euros.
Según el relato presentado por el Ministerio Fiscal, el condenado es promotor de una explotación ganadera situada en Ribadedeva que, sin embargo, estaba operando en precario. Y es que el suelo, ubicado a escasos metros de El Pindal, está calificado como no urbanizable de costas, al contar el yacimiento protección ambiental, con el reconocimiento de Bien de Interés Cultural (BIC), y con la seguridad que otorga el formar parte de la Lista de Patrimonio Mundial, en la que se integró en 2008. Detalles todos que, sin embargo, no impidieron al sujeto mantener en el terreno un rebaño de más de cuarenta cabezas de ganado vacuno, construyendo comederos en zonas no autorizadas, ampliando caminos de acceso e, incluso, levantando un terraplén, llevando a modificar sensiblemente la cuenca del arroyo de La Llongar. Todo ello, pese a que en 2019 el Ayuntamiento del lugar le había denegado expresamente la licencia, limitándose los permisos a la construcción de comederos sencillos y de cobertizos.
Octubre de 2019: el mes de la catástrofe
De todos los detalles anteriores, el verdaderamente crucial fue el efecto de las obras hechas por el acusado sobre el arroyo de La Llongar. Al haber concentrado su cauce y el arrastre de material contra un sumidero de la explotación, se abrió la posibilidad de que, en caso de inundación, el barro mezclado con los purines fuese evacuado por dicho sumidero y alcanzase el yacimiento arqueológico cercano. Y eso fue, precisamente, lo que sucedió en octubre de 2019. Las fuertes lluvias abrieron un enorme socavón que ‘vomitó’ en El Pindal diversos sedimentos, incluida materia orgánica y patógenos peligrosos para la salud pública. Los efectos no tardaron en hacerse notar; la microbiología de la cueva cambió drásticamente, disparando los valores de diversos elementos químicos nocivos para los restos artísticos preservados, y no tardó en detectarse en ella un fuerte olor a estiércol, especialmente en épocas de lluvia. Más aún, los purines contaminaron una charca próxima, multiplicando el efecto nocivo original.
Tal fue el alcance de lo ocurrido, que la cueva de El Pindal tuvo que permanecer cerrada durante dos meses, mientras se acometían las labores de limpieza y evaluación de daños. El conjunto de datos llevó a la Fiscalía a entender que el ahora condenado incumplió abiertamente la orden de suspensión de la actividad ganadera dictada por el Consistorio. Del mismo modo, ignoró la petición formulada ese mismo año por el Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias para que drenase el agua de la charca mediante una cuba, en lugar de permitir su acumulación. De ahí lo elevado de la pena impuesta.