
Las familias con niños y niñas de hasta 12 años e ingresos que no superen los 40.000 euros tendrán derecho a ayudas de 300 euros para facilitar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. El Gobierno del Principado de Asturias ha aprobado un gasto de 1,1 millones de euros con esta finalidad, para contribuir a paliar la difícil situación generada por la pandemia de la covid-19. La convocatoria ya es oficial a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) de hoy.
300 euros para gastos realizados este año
La cuantía máxima de la subvención será de 300 euros por familia y cubrirá gastos realizados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de este año. Podrán beneficiarse de las ayudas aquellas unidades familiares con ingresos anuales declarados iguales o inferiores a 40.000 euros, que residan en Asturias y estén empadronadas en la comunidad con anterioridad al 1 de enero de 2021. También deben estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social tal y como recoge el BOPA.
Las ayudas serán gestionadas por la Dirección General de Igualdad, se concederán en función de la renta y en régimen de concurrencia competitiva. Los fondos estarán destinados a ayudar a cubrir la contratación de servicios que posibiliten el cuidado de hijos e hijas y favorezcan la corresponsabilidad.
Ayudas para la conciliación familiar
Para contextualizar el lanzamiento de esta ayuda, desde el Ejecutivo regional han explicado que la crisis sanitaria ha obligado a los núcleos familiares a afrontar una compleja coyuntura, marcada por la inestabilidad laboral o la paralización parcial de la actividad en centros docentes y escuelas infantiles y en la red de servicios sociales, lo que ha supuesto un esfuerzo económico difícil de afrontar para muchos.
Según han abundado desde la Dirección General de Igualdad: «las necesidades de conciliación derivan en muchos casos en situaciones no deseadas que obligan a las mujeres a asumir un protagonismo alejado de la corresponsabilidad, bien sea mediante excedencia laboral o reducción de la jornada de trabajo o por la contratación de servicios o de una persona para la atención y cuidado en el ámbito familiar».
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