El acusado reconoció este miércoles los hechos y ha aceptado una condena de dos años de prisión y seis años de libertad vigilada
Un acusado de abusar sexualmente de su nieta de 9 años reconoció este miércoles los hechos que le atribuía la Fiscalía de Área de Gijón y aceptó una condena de dos años de prisión y 6 años de libertad vigilada, que incluirá alejamiento de la menor y la realización de un curso de educación sexual.
La vista oral estaba señalada para este miércoles, 30 de marzo de 2022, en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, pero no ha llegado a celebrarse al llegar las partes a un acuerdo. El acusado (1963) convivía en Gijón con su mujer, la madre de esta, su hija y su nieta, nacida en 2010 y que tenía 9 años en la fecha de los hechos. La menor y su madre residían en ese piso tras divorciarse esta última del padre de la menor en el año 2019.
El día 2 de enero de 2020, a primeras horas de la mañana, el acusado, su nieta y la bisabuela de la pequeña se quedaron solos en la vivienda, ya que la madre de la niña se había ido a trabajar y la abuela, al centro de salud. El acusado, aprovechando que la bisabuela estaba en la cocina medio adormilada y la menor dormida en la habitación que compartía con su madre, entró en el cuarto y comenzó a besar a su nieta en la boca. Al despertarse la niña, el acusado comenzó a hacerle tocamientos por encima de la ropa, en la zona genital. A continuación, se desnudó y frotó sus genitales contra las nalgas de la menor.
La niña salió de la habitación buscando refugio en su bisabuela, a la que contó lo ocurrido.
Por auto de fecha 17 de octubre de 2020, se prohibió al acusado aproximarse a la menor, a su domicilio, colegio o lugares en que se encuentre a una distancia mínima de 300 metros, así como a comunicarse con ella por cualquier medio.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito abuso sexual a menor de 16 años prevaliéndose de una relación de parentesco. Concurre la atenuante de reparación del daño, ya que el acusado abonó una indemnización a la menor, a través de su
representante legal, en concepto de daños morales.
Así, tras reconocer los hechos, el acusado aceptó 2 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y prohibición de aproximarse a la menor, a su domicilio, colegio o lugares frecuentados por ella a una distancia mínima de 300 metros, así como de comunicarse con ella por cualquier medio durante 6 años, con abono del tiempo cumplido cautelarmente.
Asimismo, tras el cumplimiento de la pena de prisión, se someterá a la medida de libertad vigilada durante 6 años, consistente en no aproximarse a la menor, a su domicilio, colegio o lugares frecuentados por ella a una distancia mínima de 300 metros, ni comunicarse con ella por cualquier medio, y la realización de un curso de educación sexual.