La Fiscalía de Área de Gijón solicita la condena de 2 años y 6 meses de prisión para cada uno de los dos acusados, una mujer y un hombre, de tener trabajando en un club de Gijón a 13 chicas de alterne sin estar dadas de alta en la Seguridad Social. La vista oral está señalada para este miércoles 7 de julio de 2021, en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, a las 10.00 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 23.00 horas del día 22 de enero de 2015, el Grupo Operativo de Extranjeros de la Comisaría de Gijón del Cuerpo Nacional de Policía, en colaboración con funcionarios de la Delegación Provincial de la Inspección de Trabajo de Asturias, realizaron una visita de control a l club en la Avenida de la Costa de Gijón, dedicado a la actividad de hostelería, copas y alterne.
La acusada era la encargada de la gestión y administración del local y era además administradora única de la sociedad. El acusado era apoderado de la misma y junto con la acusada también participaba activa y directamente en la gestión del negocio. En el momento de la inspección se encontraban desempeñando voluntariamente la actividad de alterne en su interior un total de 13 mujeres, algunas de ellas en situación irregular.
Ese día únicamente dos de ellas habían sido dadas de alta por parte de los acusados en el Régimen de la Seguridad Social, pese a que ambos acusados eran perfectos conocedores de esa obligación. Las otras once mujeres se encontraban trabajando sin contar con régimen alguno de la Seguridad Social que cubriera las contingencias dimanantes del desarrollo de su actividad.
Como consecuencia del impago de las cuotas correspondientes al día 22 de enero de 2015, la Tesorería General de la Seguridad Social sufrió perjuicios económicos cuantificados en 299,31 euros. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores de los artículos 311. 2º-b) y 318 del Código Penal.
Y solicita que se condene a cada uno de los acusados a 2 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses, con una cuota diaria de 12 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y abono de las costas procesales derivadas de la causa.
En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que los acusados indemnicen a la Tesorería General de la Seguridad Social con 299,31 euros, con responsabilidad civil subsidiaria a cargo de la sociedad mercantil, más los intereses legales correspondientes.