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El asesino del gerente de una inmobiliaria en Ceares, condenado a 17 años de cárcel

Redacción por Redacción
16/04/25
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El jurado popular declaró culpable a F.D.A.R. con atenuante de confesión pedido por la defensa y el juez establece una pena inferior a la solicitada por Fiscalía (18 años) y por la acusación (20) por el crimen que tuvo lugar el 20 de septiembre de 2023 en la esquina de Campo Sagrado y Peñalba

El asesinato movilizó a numerosos efectivos y causó revuelo en el barrio. / miGijón

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, con sede en Gijón, condenó a 17 años de prisión a F.D.A.R, nacido en el año 1967, por delito de asesinato al acabar con la vida de F.J.R.T. cuando tenía 55 años de dos puñaladas a plena luz del día en la puerta de la inmobiliaria que regentaba en Ceares, en la esquina de las calles Campo Sagrado y Peñalba. La sentencia llega después de que el jurado popular lo declarara culpable con atenuante de confesión solicitado por la defensa, rechazando los de obcecación y reparación del daño.

Además de la pena de prisión, inferior a la pedida por Fiscalía (18 años) y la acusación (20), el asesino es condenado a libertad vigilada por cinco años, que se ejecutará con posterioridad al cumplimiento de la pena de cárcel, así como al pago de indemnizaciones por importe global de más de 250.000 euros a los familiares y expareja de la víctima, y de las costas procesales. También se establece el comiso del cuchillo intervenido.

De acuerdo a la sentencia, contra la que cabe recurso, se considera probado que el procesado mató «de forma intencionada» a la víctima, asestándole dos puñaladas, «no dándole la posibilidad de defenderse y repeler la agresión». Sobre la atenuante de confesión, se incide en el fallo judicial que contribuyó a la reducción del tiempo de enjuiciamiento y al consiguiente ahorro económico para la Justicia.

Respecto a no admitir la atenuante de obcecación, el Tribunal cree que el hecho de alegar durante la vista oral que el acusado había hablado con la víctima dos días antes y que éste le insultó, cuando durante la instrucción no había hecho mención a estos hechos, tuvo como objetivo «prefabricar» la citada atenuante. Según la sentencia, el último contacto acreditado entre la víctima y el acusado había tenido lugar en el año 2018, con ocasión de un juicio celebrado en Oviedo. Por este motivo, se apunta a que «faltaría el estímulo con inmediación temporal desencadenante de la reacción». Tampoco se tiene en cuenta la atenuante de reparación del daño, por la «nimiedad e irrelevancia» de la suma consignada por el acusado para reparar el daño que el fallecimiento de la víctima ocasionó a sus familiares: 250 euros.

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Los hechos

En cuanto al relato de hechos, se considera probado que el acusado, sobre las 13 horas del 20 de septiembre de 2023, se dirigió a las proximidades de una inmobiliaria de la calle Campo Sagrado de Gijón para matar al gerente de la misma, de 55 años. Sobre las 13.47 horas, cuando la víctima salió del local y se disponía a entrar en su vehículo, que estaba estacionado allí mismo, el acusado le asestó dos puñaladas en el costado izquierdo, en región vital, anulando su capacidad de reacción y defensa. Tras el ataque, el condenado abandonó el lugar y lanzó el cuchillo por encima de un muro. El hombre, que en el momento de la agresión tenía dos hijas, de 23 y 39 años, padres y pareja sentimental, falleció a consecuencia de la agresión.

Durante el juicio sostuvo que culpaba a la víctima de haberle arruinado la vida, al divorciarse de su mujer y haber perdido la vivienda, a raíz de un préstamo que ella había solicitado al gerente inmobiliario. Explicó que éste era de 3.500 euros, pero que la hizo firmar, según su testimonio, por 12.900 euros. Al final acabaron pagando más de 40.000 y, aunque denunciaron la supuesta estafa, los tribunales no le dieron la razón. A ese préstamo le seguirían otros y una ejecución hipotecaria por parte de Caja Madrid en diciembre de 2014.

Además, en el juicio indicó tener «la certeza» de que la víctima había mantenido relaciones sexuales con la que era entonces su mujer e incluso lo acusó de haber «abusado sexualmente» de ella y de jactarse de ello en WhatsApp, mensajes que el procesado borró y en los que supuestamente el gerente inmobiliario se refería a la mujer del acusado con insultos y vejaciones. Fue lo que le dijo en esos mensajes lo que, según él, le alteró de una manera tal que le dio «ira, rabia», y no se lo pudo quitar por muchos años, hasta convertirse en una «obsesión».

El jurado del proceso contra el asesino del gerente de una inmobiliaria de Ceares emite su veredicto

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