Por primera vez, los trabajadores del hogar contarán con un marco legal de prevención de riesgos laborales

Desde el 14 de noviembre ha entrado en vigor el Real Decreto 893/2025, que introduce por primera vez un marco normativo específico de prevención de riesgos laborales para el sector del empleo doméstico. La medida, impulsada por el Gobierno, pretende equiparar los derechos de los trabajadores del hogar con los del resto de trabajadores en materia de seguridad y salud laboral. Sin embargo, la iniciativa no está exenta de interrogantes y ha suscitado un intenso debate entre los profesionales del Derecho laboral.
El letrado asturiano Adrián Rivas, de Servanda Abogados, valora positivamente el reconocimiento de este colectivo, históricamente desprotegido, pero advierte que “la norma plantea una carga administrativa y técnica que puede ser excesiva para empleadores particulares, muchos de los cuales carecen de formación o medios para asumirla”. Según explica, “aunque el espíritu del decreto es incuestionablemente justo, su aplicación práctica en los hogares podría generar confusión e incluso fomentar el incumplimiento involuntario”.
El nuevo reglamento obliga a los empleadores —personas físicas que contratan personal de limpieza o cuidado doméstico— a evaluar los riesgos laborales del entorno en el que se prestan los servicios y a adoptar medidas preventivas adecuadas. También deberán proporcionar equipos de trabajo seguros e informar a las empleadas sobre los posibles riesgos de su actividad. En caso de no hacerlo, se contemplan sanciones económicas que pueden superar los 9.000 euros en los supuestos más graves.
Para facilitar el proceso, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha lanzado la plataforma Prevención10.es – Empleo del Hogar, una herramienta gratuita que permite a los empleadores generar informes personalizados con recomendaciones de seguridad. Aun así, Rivas considera que la eficacia del sistema dependerá de la concienciación real de la ciudadanía: “Una aplicación informática no sustituye la cultura preventiva. Si se usa solo para ‘cumplir el trámite’, se pierde el propósito esencial de la norma”.
El abogado también subraya que este cambio normativo llega en un contexto en el que una parte del trabajo doméstico sigue en la economía sumergida. “Es difícil hablar de prevención de riesgos cuando todavía existen empleos sin contrato o sin alta en la Seguridad Social”, lamenta.
A su juicio, el Real Decreto es un paso adelante, pero incompleto: “Habrá que ver si la Administración acompaña la norma con campañas de información, formación gratuita y un sistema de apoyo real para los empleadores. Si no, el riesgo es que una norma que nace para proteger acabe generando más inseguridad jurídica”.
Con esta nueva regulación, el empleo doméstico entra de lleno en el marco de la prevención laboral, pero su éxito dependerá, como apunta Rivas, de que el cumplimiento no se limite al papel.