Como señalaba este diario a primera hora del día de hoy, el Protocolo de actuación en episodios por contaminación del aire de la zona Oeste de Gijón ha salido a información pública para consulta ciudadana. El documento, publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), tendrá en cuenta los niveles de cinco tipos diferentes de contaminantes en las estaciones de El Lauredal y de la Avenida de la Argentina. En el documento, el Ayuntamiento también pide a las empresas que expliquen cómo reducirán las emisiones en caso de activación del protocolo contra la contaminación.
A este respecto, la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha señalado que el protocolo está «muy alejado de salvaguardar a la población y de ayudar a reducir el grave problema de contaminación que sufren desde hace décadas los vecinos de la comarca afectados por la contaminación industrial consentida y permitida». De esta manera, destacan que solo se tienen en cuenta dos estaciones, la de la Calzada y la del Lauredal (aún por instalar), y no las otras 17 estaciones de control de la contaminación que hay en el concejo. Añaden que «seguimos sin entender por qué el Principado no facilita sus datos de contaminación real, escondiéndolos contra el principio de transparencia en un tema de salud como es este«.
La Coordinadora también alega que «no tiene en cuenta uno de los contaminantes habituales de Gijón y el más peligroso, el cancerígeno ‘benceno’ que viene presentando malos valores desde que empezaron a funcionar las baterías de Arcelor.» Recuerdan así mismo que el valor de referencia anual en las guías de la Organización Mundial de la Salud (OMS) está situado 0 de media anual, el mismo valor que recomienda la Comisión Europea, mientas que «la tolerante normativa española está en 5 µg/m3 de media«.
El protocolo queda así «muy lejos de otros donde se activa cuando en un día se superan los umbrales, mientras que aquí se precisan tres días«. En cuanto a los niveles de activación del protocolo, desde la Coordinadora explican que «deben ser preventivos para que sirvan para proteger la salud de la ciudadanía. La razón de una alerta es prevenir o reducir la exposición a las toxinas cuando están presentes, no la de informar después de haberla padecido».
Finalizan informando de que la OMS recomienda unos valores límite para partículas de 20 de media anual para las Pm10 y un valor de alerta con una media diaria de 50 µg/m3 para las Pm10. La actual normativa está en 40 µg/m3 de media anual y 50 µg/m3 para las 24 horas para las Pm10 un máximo de 35 días de acuerdo al RD 102/2011.