Entiende que se basa «en juicios de valor contradichos por las evidencias, por las pruebas aplastantes aportadas por los propios querellantes y por todos los testimonios»

Francisco Álvarez-Cascos, absuelto el 4 de febrero por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) del delito continuado de apropiación indebida tras la celebración de un juicio por una denuncia de Foro, ha solicitado la desestimación del recurso de apelación presentado por Fiscalía por considerar que el fallo «incurre en una infracción de normas o garantías procesales, en infracción de ley en la concepción del delito de apropiación indebida, y en un error en la valoración de la prueba», lo que llevaría a anular la sentencia y el juicio oral, lo que obligaría a repetirlo. El expresidente de Asturias y fundador de dicho partido cree que el órgano «tergiversa los hechos basándose en juicios de valor contradichos por las evidencias, por las pruebas aplastantes aportadas por los propios querellantes y por todos los testimonios convincentes aportados por personas independientes que acreditaron la veracidad de los hechos».
Desde la defensa de Álvarez-Casos, ejercida por Luis Tuero, inciden en que la Fiscalía, en su recurso, afirma refiriéndose a la sede del partido en Madrid, que «la formalización del contrato se hizo a escondidas de la Comisión Directiva del partido y que firmó Teresa Alonso porque se lo puso en la mano el acusado». Por contra consideran que está documentalmente acreditado que la sede de Madrid fue la única de las 26 sedes de Foro que pasaron por la Comisión Directiva para el contrato (Acta de 24 de julio de 2013) y para su resolución (Acta de la Comisión Directiva de 1 de octubre de 2014). «Es burdo y falso de toda falsedad lo que el Recurso de la Fiscalía cita en la misma página 21 del Recurso, al afirmar que se amplía el plazo de forma innecesaria para obtener dinero pues al acordar la cancelación anticipada del Contrato de Alquiler de Servicios vigente, lo que se propuso a la Comisión Directiva y se acordó no fue ampliar ningún plazo para obtener dinero, sino acortarlo sine die», añaden.
Consideran que «a base de opiniones no puede criticarse una sentencia absolutoria debidamente motivada con argumentos de peso basados en las pruebas practicadas en el acto del juicio oral» y completa que en el recurso se afirma que «se discute si era sede efectiva del partido», algo que «solamente lo discutieron la Fiscalía y la Acusación Particular, frente a hechos reales acreditados por los testimonios los diferentes testigos».
«Sería Moriyón la responsable de descapitalización que cita el fiscal»
Niegan desde la defensa «descapitalización alguna de Foro como afirma el fiscal en su Recurso, porque gracias a Álvarez-Cascos, primero presidente y después secretario general, en el periodo entre 2011 y 2017, Foro obtuvo unos ingresos de 8.766.414,58 euros, tal como figuran en los balances contables y en los Informes de Tribunal de Cuentas». «Los gastos que la Fiscalía imputaba a Álvarez-Cascos en su acusación inicial sumaban en total 180.000 euros en 7 años, apenas un 2% de los ingresos en dicho periodo. Acusar de descapitalización a Álvarez-Cascos, cuando Foro ingresaba 1.250.000 euros anuales de media en su etapa de dirigente, resulta un dislate insostenible y más si se compara con los aproximadamente 300.000 euros de anuales de ingresos a los que ha llevado Moriyón a Foro, desde su presidencia y fracaso electoral en 2019, por lo que sería Moriyón la responsable de la descapitalización que cita el fiscal», aseguran.
En lo que respecta a los gastos, manifiestan que el recurso menciona literalmente «el hecho de propasarse en los gastos». «Se trata de un mero juicio de valor evidentemente falso a la vista de los datos del apartado anterior, y del hecho constatable de que la Fiscalía no aporta la cifra límite según la cual los gastos se propasaron», dice la defensa, misma postura que mantiene cuando Fiscalía habla de «la falta de relación con la actividad política» de esos gastos.