Al principio habrá multas que muchos inocentes ciudadanos pagarán hasta que algún denunciado se cabree y lo lleve a los tribunales y la justicia anule la operativa, como siempre ha sucedido, cuando los controladores de la ORA excedían sus funciones
¿Alguien se imagina al Servicio de Socorrismo de Playas interviniendo un carguero por echar fuel al mar? ¿Alguien se imagina a un sereno denunciando a una fábrica por contaminar de noche? Seguramente no, ya que todos, o casi todos, entendemos aquello de las funciones laborales y de la función pública, y sabemos diferenciar entre unos servicios públicos y otros. Uno de los que no entiende esto es el Sr. Aurelio Martín, el concejal de movilidad de Gijón, que se está imaginando a los controladores de la ORA persiguiendo “infracciones medioambientales” y quiere reconvertir al personal de la empresa que presta este servicio público, con unas funciones muy claras y delimitadas, en los encargados de revisar quién tiene distintivo ambiental de la DGT en el coche y quién no.
El Sr. Martín redactó una Ordenanza de Movilidad que incluía dos prohibiciones generales: una de circulación y otra de estacionamiento, las dos delimitadas a zonas concretas de la ciudad. La primera, a una zona prácticamente coincidente con el Gijón urbano, y la segunda, coincidente con la zona regulada o zona azul. La primera entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y la segunda el 1 de enero de 2022, en 7 meses. Ambas, son prohibiciones que aplican las 24 horas del día, por ser generales (Título primero. Normas generales)
Desde FORO Asturias presentamos varias enmiendas para tratar de minimizar el impacto de estas medidas en la vida de las personas y una de ellas pedía que la zona regulada se entendiese como tal solamente en el horario regulado, para que fuera del horario ORA se pudiese aparcar aun no teniendo la pegatina de la DGT. Esta enmienda, junto con el resto de las que presentamos, fue rechazada por el gobierno dos veces, primero en Comisión y finalmente en el Pleno.
Por ello, iniciamos una campaña informativa contra esta y otras medidas recogidas en la Ordenanza y editamos un folleto contándolo. Tres días después de que el folleto saliese a la luz, a principios de mayo, el Sr. Martín dio una rueda de prensa diciendo que era falso, que no había que tener pegatina de la DGT para aparcar fuera de horario ORA.
A pesar de estas palabras ‘rectificadoras’ del concejal de Movilidad, la Ordenanza de Movilidad se publicó en el BOPA el 31 de mayo y la prohibición de estacionamiento sin distintivo de la DGT sigue redactada como estaba, como PROHIBICIÓN GENERAL, como norma general en el Título I, y ni se menciona en los apartados correspondientes al estacionamiento regulado (Capítulo III del Título X y Anexo IV), por lo que es una norma que corresponde controlar a la Policía local y no a la empresa de la ORA, ya que se trata de una infracción medioambiental y no un incumplimiento de las normas del estacionamiento regulado. (Véase apartado de infracciones).
Aun así, el Sr. Martin ha dicho que sigue adelante y que el 1 de enero va a desactivar los parquímetros a quienes no tengan pegatina de la DGT (en función de la matrícula no se expedirá el ticket a los vehículos diésel anteriores a 2006 y gasolina anteriores al año 2000), y los controladores de la ORA, por tanto, podrán denunciarlos por no tener el ticket de aparcamiento. Pero lo que oculta el Sr. Martín es que esta estrategia, en caso de llevarse a cabo, es flagrantemente ilegal porque, como hemos visto, las normas que regulan el estacionamiento regulado nada dicen de la pegatina de la DGT, así que a la empresa de la ORA este asunto ni le va ni le viene. Es como la ITV, el seguro o cualquier elemento del vehículo que corresponde a la Policía Local, pero nunca es denunciado por los controladores por exceder sus competencias.
Por tanto, si los controladores de la ORA denuncian por no tener ticket de aparcamiento (que es la única denuncia voluntaria que dentro de sus funciones laborales pueden realizar) a un vehículo que no tuvo opción de sacar dicho ticket estarán cometiendo una ilegalidad o su denuncia, en el mejor de los casos, tendrá el mismo valor que si usted o yo la hacemos, ya que no sería dentro de sus funciones laborales. Por tanto, no hay duda, es solo un agente de Policía Local quien puede denunciar estos hechos ya que es una infracción medioambiental y no una infracción de las normas del estacionamiento regulado.
¿Y qué va a pasar? Pues lo de siempre, el Gobierno lo negará, dirá que todo son mentiras y tirará para adelante, negándose a modificar la norma, ya que eso sería dar la razón a FORO Asturias y eso no puede suceder bajo su forma sectaria de ver la vida. Al principio habrá multas que muchos inocentes ciudadanos pagarán hasta que algún denunciado se cabree y lo lleve a los tribunales y la justicia anule la operativa, como siempre ha sucedido, cuando los controladores de la ORA excedían sus funciones. Todo un clásico de nuestra administración, un “tira que libras”.
Ya sé que es un asunto legal y complejo, pero si quieren corroborar todo esto les recomiendo que entren en el BOPA del día 31 de mayo, y busquen la Ordenanza de Movilidad de Gijón y en concreto vayan a los artículos mencionados que corresponden a los controladores de la ORA y al estacionamiento regulado. Vayan al Capítulo III del Título X (Estacionamiento Regulado) y al Anexo IV (Condiciones de funcionamiento en las zonas de estacionamiento regulado ORA) y no encontrarán nada relacionado con las pegatinas de la DGT. Pero si van al artículo 11, que es donde vienen estas Prohibición Generales, artículo que, por cierto, se denomina “Obligaciones medioambientales”, ahí lo encontrarán.