La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de 6 meses de prisión para un empresario hotelero de Oviedo acusado de acosar sexualmente y maltratar a una empleada. La vista oral está señalada para este viernes 9 de julio de 2021 en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, a las 10.00 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que, a primeros de julio de 2019, la mujer firmó un contrato de trabajo temporal con la empresa hotelera de la que es titular o representante de hecho el acusado, nacido en 1943; relación laboral que finalizó el 10 de octubre del mismo año y que se desarrolló en un hotel de Oviedo. Desde el primer día, el acusado comenzó a hacerle preguntas personales, que en ese momento la mjer no se tomó a mal. No obstante, según iban pasando los días, el acusado le propuso mantener relaciones sexuales y le ofreció «una vida mejor».
Un día en que estaba sola, el acusado le reiteró esta proposición y, ante la negativa de ella, la cogió por el brazo, causándole un gran cardenal, aunque la mujer no acudió a los servicios médicos para ser asistida. Para librarse de él tuvo que darle un fuerte empujón. El acusado, además, le profería expresiones inapropiadas y subidas de tono, que en ocasiones ella pudo grabar con su teléfono móvil, y le hacía gestos obscenos. Todos estos hechos ocurrían mientras la mujer se encontraba sola, lo que aprovechaba el acusado para abordarla.
El 1 de agosto de ese mismo año, cuando la denunciante acababa de iniciar su jornada laboral, llegó al hotel una hija del acusado, que le pidió que pusiera las mesas en el restaurante. A continuación, el hombre se dirigió a la empleada diciendo: «Eres una inútil, eso no lo hace ni un niño de tres años, no tienes ni idea, no sabes trabajar en ningún sitio, eres tonta«. Como el acusado no paraba de gritarle, pese a que ella le pedía que no lo hiciese, la denunciante se dirigió a su hija para que mediase, aunque ella hizo caso omiso. Todo esto provocó que la mujer sufriese un ataque de ansiedad y que finalmente decidiese abandonar su puesto de trabajo.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de acoso sexual del artículo 184.1 y 2 del Código Penal, así como de un delito leve de maltrato de obra del 147.3. Y solicita que se condene al acusado, por el delito de acoso sexual, a 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y prohibición de aproximarse a ella, a su domicilio, lugar de trabajo, esparcimiento o cualquier otro frecuentado por ella a menos de 200 metros, así como a comunicar con la misma por cualquier medio o procedimiento, durante 2 años.
Por el delito leve de maltrato de obra, 1 mes y 15 días de multa, con una cuota diaria de 12 euros. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado la indemnice con 5.000 euros por daños morales, más los intereses legales correspondientes.