Además, este viernes será el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas; la campaña completa se dará por concluida el próximo lunes, 1 de julio
Poco tiempo les queda a los rezagados en sus obligaciones fiscales… Según ha recordado esta mañana la Agencia Tributaria, la fecha límite para presentar las declaraciones de la Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación bancaria concluye este miércoles, mientras que el viernes será el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas. Por su parte, la ventana de tiempo para presentar declaraciones finalizará el 1 de julio, ya sea para ingresar o para devolver.
La Agencia Tributaria prevé ingresar 18.908 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arrancó el pasado mes, un 12,2% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver a los contribuyentes será un 1,8% inferior, con 11.650 millones. A su vez, está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución casi un 63% de ellas, 14.614.000, lo que supone un un 3% menos, por un importe estimado de 11.650 millones de euros.
¿Quiénes no están obligados a declarar?
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el ingreso.