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¿WhatsApp del trabajo a deshoras? Tienes derecho a la desconexión digital

Redacción por Redacción
27/02/25
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«En casos extremos, la vulneración de este derecho podría interpretarse como acoso laboral», explica el letrado Adrián Rivas, de Servanda Abogados

desconexión digital

En España, la desconexión laboral es un derecho consolidado que busca garantizar el respeto al tiempo de descanso de los trabajadores, evitando la intrusión de las obligaciones profesionales en su vida personal. Con la reciente propuesta del anteproyecto de ley que plantea la digitalización obligatoria del control horario y la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, este derecho se refuerza aún más.

El nuevo marco legal establece que las empresas no podrán contactar con los empleados fuera de su horario laboral mediante «cualquier dispositivo, herramienta o medios digitales». Asimismo, el trabajador tiene «derecho a no estar localizable fuera de su horario de trabajo», sin que ello pueda derivar en «consecuencias negativas, represalias o trato menos favorable». “El derecho a la desconexión es irrenunciable», afirma el texto del anteproyecto. Quienes incumplan esta norma podrán enfrentarse a sanciones.

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El derecho a la desconexión digital no es nuevo en la legislación española. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, ya recogía en su artículo 88 que los trabajadores tienen derecho a la desconexión digital para preservar su descanso, permisos y vacaciones, además de su intimidad personal y familiar.

Por otro lado, la Ley 10/2021, de 9 de julio, sobre el trabajo a distancia, refuerza este derecho en su artículo 18, exigiendo que las empresas implementen políticas internas para su ejercicio y promuevan la sensibilización sobre un uso razonable de las herramientas digitales.

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Adrián Rivas, abogado en la firma asturiana Servanda Abogados, señala que «la insistencia en requerir respuestas fuera del horario laboral o la imposición de sanciones por no atender comunicaciones podría considerarse una vulneración del derecho al descanso, en su vertiente a la desconexión digital y, en casos extremos, podría interpretarse como acoso laboral e incluso horas extras de atender y seguir instrucciones en ese momento. Quiero recordar que antes de actuar cabe asesorarse, mas vale prevenir sanciones.».

A pesar de la normativa vigente, en la práctica muchos trabajadores siguen recibiendo correos electrónicos o mensajes fuera de su jornada. En este contexto, la nueva ley supone un refuerzo clave para la conciliación y la protección del bienestar laboral. Además, se espera que la digitalización del control horario ayude a evitar abusos en el registro de jornada y en la disponibilidad de los empleados.

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