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Confirmada la nulidad del ERTE planteado por Arcelor al comienzo de la pandemia

Redacción por Redacción
17 de noviembre de 2021
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la empresa para justificar el Expediente de Regulación Temporal de Empleo en mayo de 2020

Imagen de la fábrica de ArcelorMittal.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de ArcelorMittal contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de 30 de noviembre de 2020, que declaró nulo el ERTE comunicado por la empresa en España al comienzo de la pandemia (en mayo de 2020) por razones productivas con una extensión hasta el 31 de diciembre de 2020. La Audiencia Nacional, en la sentencia ahora confirmada, estimó la impugnación por varios sindicatos del ERTE, que preveía la suspensión colectiva de contratos de trabajo, al apreciar falta de documentación e información, mala fe empresarial y fraude.

Entre otros argumentos, el alto tribunal confirma que existió el fraude de ley denunciado por los sindicatos «en tanto que por la demandada se ha utilizado la normativa excepcional de regulación de empleo surgida con ocasión de la crisis sanitaria derivada del Covid-19, para eludir el cumplimiento de las garantías pactadas con la representación legal de los trabajadores en el ERTE aprobado en junio de 2009 y en sus sucesivas prórrogas, lo que evidencia fraude de ley constatándose que se ha utilizado el artículo 23 del real decreto ley 8/2020 para eludir el cumplimiento de lo pactado».

Amenaza de despidos

«Si además resulta -añade la sentencia- que las cuentas de las sociedades se presentan incompletas, y que la crisis productiva que se refiere en el informe técnico no es consecuencia de la pandemia, sino que ya viene latente durante todo el ejercicio 2019, se constata el defectuoso cumplimiento de los deberes de información y documentación por parte de la empresa, lo cual hace inviable que el periodo de consultas se desarrolle con arreglo a las exigencias de la buena fe». «Y constatado además -prosigue el Supremo- que la empresa presentó un ERTE por fuerza mayor relacionada con el Covid-19, al amparo del artículo 22 del real decreto 8/2020 que fue denegado por la autoridad laboral, pendiente durante la tramitación de las consultas y que durante las mismas se amenazó a la representación social con realizar entre 50 y 100 despidos en caso de no alcanzarse un acuerdo, resulta patente la mala fe patronal en la negociación, como señala la sentencia recurrida y asume plenamente esta Sala, conforme además con el informe del Ministerio Fiscal.

El ERTE de ArcelorMittal se encuentra en trámite de recurso de casación ante la Sala IV del Tribunal Supremo, con señalamiento previsto para el próximo 15 de diciembre. Por otro lado, concluyen los magistrados, «no consta acreditada la concurrencia de causa productiva distinta de la que motivó el ERTE de 2009, para la que se acordó la prórroga, y sigue vigente después de 11 años».

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