El acusado, conductor del vehículo siniestrado, dio positivo en la prueba de alcoholemia. La víctima, que viajaba de copiloto, falleció a causa del choque
El acusado por un accidente de tráfico con un fallecido en Colunga en mayo de 2022 ha reconocido este martes su culpabilidad en el siniestro y acepta una condena que conlleva la retirada del carné durante 3 años y 6 meses, así como dos años de prisión aunque se acordó la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad.
El conductor dio positivo en la prueba de alcoholemia practicada tras los hechos y la víctima, que iba sentada en el asiento del copiloto, no llevaba el cinturón de seguridad en el momento del suceso. La vista oral estaba señalada para esta mañana en el Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón, aunque la conformidad del acusado con la acusación planteada por la Fiscalía de Área de Gijón evitó su desarrollo.
Según el relato de la Fiscalía, el 27 de mayo de 2022 sobre la 01.15 horas, el acusado (1998) conducía un Peugeot 205 en el que viajaba en el asiento del copiloto la víctima. El acusado conducía tras haber ingerido bebidas alcohólicas, lo que afectaba a sus facultades. A la altura del Kilómetro 20,900 de la carretera AS-260, término municipal de Colunga, en un tramo recto y posterior curva a la izquierda, con firme seco, en buen estado e iluminado mediante alumbrado público, el acusado, debido a su estado y sin intervención de ningún otro vehículo, perdió el control del coche y se salió de la vía por el margen izquierdo, donde procedió a dar bandazos para reincorporarse a la calzada. No obstante, se salió finalmente de la vía por el margen derecho, provocando el vuelco del vehículo sobre su lateral izquierdo y chocando contra un talud de tierra.
Al acusado le fueron realizadas, a las 04.12 y 04.29 horas, las pruebas de alcoholemia en el Hospital de Arriondas, a donde fue trasladado, arrojando en ambas resultado positivo, de 0,67 y 0,74 mg/l, respectivamente. A consecuencia del accidente, la víctima (1957), que viajaba sin cinturón de seguridad, falleció a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico con fractura de la base de cráneo y contusión cerebral.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia grave, en concurso con un delito contra la seguridad vial. Concurre la circunstancia modificativa de la responsabilidad penal de reparación del daño, ya que los perjudicados fueron indemnizados con anterioridad a la vista oral. Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una pena de 2 años de prisión, con accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 3 años y 6 meses. Se acordó la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad.