Desde este viernes los vehículos sin derecho a distintivo ambiental podrán volver a poder aparcar en cualquier zona ORA del término municipal
El anuncio hecho hace apenas una semana por el Ayuntamiento se ha convertido en realidad. El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este viernes la sentencia firme de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) por el que se declara la nulidad de la Ordenanza Municipal de Movilidad del Ayuntamiento de Gijón. Cabe recordar que contra esta Ordenanza habían presentado recurso los concejales del grupo municipal de Foro en el mandato anterior, y el presidente del PP gijonés, Pablo González. De este modo, la breve historia de la etiqueta ambiental y de sus efectos sobre el estacionamiento y la circulación llega a su fin en la urbe asturiana.
A primeros de este mes el concejal de Tráfico, Movilidad y Transporte Público de Gijón, Pelayo Barcia, ha recalcado que, una vez firme la sentencia, los vehículos sin derecho a distintivo ambiental podrían circular por todo el municipio más allá del 31 de diciembre de 2025, fecha en la que entraba en vigor la prohibición de circulación en la práctica totalidad del casco urbano para estos vehículos. Tampoco será obligatoria la exhibición del citado distintivo ambiental. Además, había destacado que las personas con tarjeta europea de movilidad reducida podrían volver a aparcar gratis en las zonas reguladas y que se suprimía la limitación de una tarjeta de residente de la ORA por domicilio. Tras la anulación definitiva, se da paso a la elaboración por el Ayuntamiento de una nueva Ordenanza.