La Fundación que resultó adjudicataria directamente, sin concurrencia, no contaba ni con la capacidad de obrar, ni con la solvencia técnica precisas
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Gijón, por Sentencia de 30 de septiembre de 2022, ha estimado el recurso contencioso interpuesto por el Real Grupo de Cultura Covadonga contra la adjudicación de los contratos, de forma directa y sin concurrencia competitiva, de servicios relativo al “Diagnóstico ambiental y propuesta de actuación para la rehabilitación y/o renaturalización del curso bajo de los ríos Piles y Peñafrancia”, por un importe de 6.655 €, así como el contrato para la “Asistencia Técnica para la supervisión del Proyecto de Rehabilitación y Renaturalización del curso bajo de los ríos Piles y Peñafrancia”, por importe de 9.680 €.
La Jueza estima las pretensiones del Grupo Covadonga, puesto que la Fundación que resultó adjudicataria directamente, sin concurrencia, no contaba ni con la capacidad de obrar, ni con la solvencia técnica precisas para la ejecución de ambos contratos y con la que los técnicos no parecen guardar relación.
El Grupo había venido denunciando dichas contrataciones, además de las irregularidades existentes en las contrataciones mencionadas, que el Juzgado ha entendido acreditadas, por la adjudicación directa, en la búsqueda del equipo de Gobierno de Gijón de una solución y un perfil técnico determinados, con unas ideas muy parciales y encasilladas, absolutamente contrarias al mantenimiento del anillo navegable y con poco o ningún interés en buscar soluciones para mantener la práctica del piragüismo en el Piles.
También se había denunciado que esa forma de selección ha privado a los ciudadanos de Gijón de que otras entidades con mayor experiencia y/o distintos enfoques puedan dar la solución a la mejora de las aguas del entorno natural del Río Piles, que contemple la práctica deportiva en el mismo, como los ciudadanos y ciudadanas de Gijón se merecen.