La jueza ha ordenado el archivo tras un acuerdo entre la empresa y los sindicatos, pero «no es absolutamente descartable» que haya más imputaciones
La juez de la Audiencia Nacional María Tardón ha acordado el archivo para Alcoa y sus representantes, después de que la empresa y sus ex trabajadores llegaran a un acuerdo por el cual los sindicatos renunciaron a seguir ejerciendo acciones penales y civiles contra la compañía y sus directivos, si bien la magistrada ha optado por un sobreseimiento provisional, en lugar del definitivo que solicitaba la mercantil.
En un auto del pasado 21 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, la titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 archiva provisionalmente las pesquisas para Alcoa Inespal y sus representantes Kai Rune Heggland, Álvaro Dorado Baselga, Ignacion León Moro y Christine Keener.
Asimismo, la instructora toma nota del desistimiento de la Confederación de Cuadros Profesionales (CCP), CCOO de Industria, Federación de Industria de UGT y Federación de Industria de USO respecto a esas cuatro personas y Alcoa, aunque manteniendo sus pretensiones como acusación particular para el resto de querellados.
La compañía había solicitado un archivo definitivo, si bien el Ministerio Fiscal abogó por un sobreseimiento provisional y parcial, mientras que la Abogacía del Estado no se opuso a cerrar la causa respecto a esas cinco personas físicas y jurídica, dada la «renuncia expresa» de los sindicatos, aunque recalcó que no comparte íntegramente el relato del escrito de desistimiento.
Tardón explica en su resolución que ha optado por el archivo provisional, «teniendo en cuenta precisamente el momento procesal», ya que «todavía no está concluida la instrucción y no es absolutamente descartable que la práctica de nuevas diligencias aporte distintos elementos de prueba que aconsejen ampliar la imputación a algunas de las personas respecto de las cuales no se aprecian en este momento indicios suficientes de culpabilidad».
Además, subraya que, en línea igualmente con el Ministerio Fiscal, se trata de un archivo parcial por cuanto solo afecta a Alcoa y sus cuatro representantes, continuando las indagaciones judiciales para el resto de investigados.
Los sindicatos renunciaron a seguir ejerciendo la acusación contra Alcoa después del acuerdo transaccional alcanzado el pasado 11 de mayo por las partes, el cual sirvió para que sus «pretensiones laborales» quedaran «plenamente satisfechas», no «teniendo nada que reclamar» a la mercantil, según indicaron en su escrito.
EL ‘CASO ALCOA’
La causa comenzó a finales de 2020, cuando CCP presentó una querella, a la que posteriormente se sumaron los demás sindicatos, por «la existencia de diversas irregularidades» en la venta de las fábricas de aluminio de A Coruña y Avilés por un presunto incumpliendo de los acuerdos alcanzados con la propietaria inicial y con los representantes de los trabajadores, conforme recuerda Tardón.
La juez relata que el 31 de julio de 2019, ante la «difícil situación económica que atravesaban los centros de producción» de A Coruña y Avilés, Alcoa vendió el 100% del capital social de ambas fábricas a las mercantiles ALU HOLDING AC y ALU HOLDING AVL, «creadas de forma inmediata anterior por su propietaria, la sociedad suiza Blue Motion Technologies AG (Parter Capital Group)».
Esta última, a su vez, «en pocos meses, e incumpliendo los términos del acuerdo de venta de 31 de julio de 2019, vendió el 74,67% de las participaciones sociales a la sociedad española System Capital Management, que actualmente ha pasado a denominarse Iberian Green Aluminiun Company, sociedad también constituida inmediatamente antes de la operación de venta».
«Y, del resultado de las investigaciones hasta el momento practicadas, lo que se desprende es que las actuaciones que pudieran ser constitutivas de los delitos hasta el momento investigados se derivan de la sucesión de hechos que tienen lugar a partir de esta segunda e irregular transmisión de las dos factorías, por parte del grupo suizo de inversión Parter Capital, a través de su sociedad participada Blue Motion Technologies, a System Capital Management».
Por parte de los representantes, administradores y responsables de los diferentes ámbitos de gestión se habría desplegado –apunta Tardón– «una concatenada y reiterada sucesión de hechos que tendrían como objeto la descapitalización y despatrimonialización de las entidades y sus iniciales activos, y su desvío y canalización, bien hacia su propio patrimonio personal, bien a las estructuras societarias que han ido configurando ‘ad hoc’ para apoderarse de aquéllos».
«ÚNICO COMPRADOR QUE CUMPLÍA»
No obstante, la magistrada señala que, de las pesquisas realizadas, «lo que se evidencia es que, después de largas negociaciones, en las que también participaron los representantes de los trabajadores de ambas factorías, y con la mediación del Gobierno español, de los diferentes candidatos que participaron en el proceso de adquisición, se llegó a un acuerdo de venta con el fondo suizo Parter, al tratarse del único comprador que cumplía con los requisitos de mantenimiento de la actividad y la plantilla».
Con todo, resume la instructora, «los hechos objeto de investigación en la presente causa revelan en forma indiciaria la presunta comisión de delitos de estafa agravada, insolvencia punible, apropiación indebida, contra la seguridad de los trabajadores y pertenencia a grupo criminal, así como fraude en las subvenciones y el consiguiente blanqueo de los ilícitos capitales detraídos sin perjuicio de ulterior calificación».
«Más de lo hasta ahora practicado no han resultado indicios que permitan atribuir a la propia Aloca o a cualquiera de sus representantes, todos ellos inicialmente investigados, y querellados en la querella que dio origen a este procedimiento, la comisión de los delitos inicialmente imputados», añade.