El Gobierno del Principado de Asturias acaba de modificar el decreto por el que se establecen los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de educación infantil, por el que se regula el funcionamiento de estas escuelas. Una de las principales novedades tiene que ver con la ubicación de estos centros, que solo se permitían en edificios de planta baja. De ahora en adelante se permitirá su ubicación en altura de las escuelas infantiles en Asturias, cuando concurran una serie de circunstancias. Los detalles se pueden consultar en la edición de hoy del Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
Nuevos requisitos de las escuelas infantiles en Asturias
Aunque con carácter general los centros de educación infantil serán autorizados en edificios de planta baja, se permitirán centros de más de una planta cuando se den una serie de circunstancias. Según especifica el decreto aprobado por la Consejería de Cultura, las excepciones vendrán marcadas por la existencia de zonas de muy alta densidad de población, suelos urbanos consolidados, en pleno centro urbano o barrios, sin locales disponibles en planta baja o extensión suficiente. También se permitirán escuelas infantiles en edificios rehabilitados con algún tipo de protección, ya sea Bienes de Interés Cultural (BIC), Inventario de Patrimonio Cultural (IPCA), o Catálogo Urbanístico del concejo.
Las modificaciones del decreto también hacen referencia a la necesidad de habilitar vías de evacuación del alumnado en caso de emergencia. En este caso, cuando el centro tenga más de una planta, éstas deberán estar compartimentadas al menos en dos sectores de incendios, independientemente de la superficie construida, y con espacio suficiente para albergar al alumnado y al personal del centro en uno de los sectores contiguos, con escaleras protegidas.