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Las multas por exceso de velocidad se fundamentan en el Reglamento General en lugar de en la Ordenanza Municipal

Paula G. Lastra por Paula G. Lastra
28 de julio de 2021
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Las sanciones por exceso de velocidad propuestas por el Ayuntamiento se amparan en el Reglamento General de Circulación de 2003, y no en la nueva Ordenanza de Circulación y transporte aprobada el 1 de junio.

Así lo denuncian en Foro Gijón, grupo desde el que se explica que «hasta el 30 de mayo las sanciones por exceso de velocidad propuestas por el Ayuntamiento de Gijón (Policía Local) se amparaban en la Ordenanza Municipal de Circulación y transporte de 2002 (artículo 38.2.1). Pero desde el 1 de junio, cuando ha entrado en vigor la nueva Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento, estas sanciones se fundamentan en el Reglamente General de Circulación de 2003 (artículo 50.F) y no en la ordenanza municipal aprobada».

Multas amparadas en la Ordenanza Municipal y en el Reglamento General de Circulación, ambas en Gijón

Para el partido, esto demuestra que el «propio gobierno es conocedor de las debilidades de su ordenanza y prefiere sancionar en función de una norma de rango estatal que en base a la norma que ellos mismos han aprobado tras dos años.»

La nueva ordenanza entraba en vigor con polémica tras incorporar algunas de las alegaciones y enmiendas planteadas durante el periodo de exposición al público, cuando se recibieron un total de 178 alegaciones de particulares y diferentes colectivos.

Una de principales novedades es que prohibirá circular por Gijón a los vehículos sin etiqueta medioambiental dentro de poco más de cuatro años, en 2026. Estos vehículos, que suponen el 35% del parque móvil de Gijón, unos 55.705 automóviles, tampoco podrán usar la zona azul.

Por miGijón

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