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«¿Los estatutos preveían la subsanación o no?», pregunta del juez sobre el cambio de nombres en la candidatura de Andrés Ruiz

Andrés Presedo por Andrés Presedo
25/03/26
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Finalmente no habrá juicio oral y el magistrado considera que se trata de una cuestión meramente jurídica y en breve se conocerá su sentencia sobre la legalidad del congreso del PP de Gijón

El presidente del PP local, Andrés Ruiz, y el presidente del PP regional, Álvaro Queipo, en la celebración del congreso del PP de Gijón, en febrero del pasado año

No habrá vista pública, ni testigos, pero la decisión jurídica sobre la legalidad, o no, del congreso local del PP de Gijón celebrado en el mes de febrero del año pasado ya está vista para sentencia. Esta mañana se celebró en el juzgado de Primera Instancia número 1 de Gijón la ‘vistilla’ previa, en la que no hubo acuerdo entre las partes, y el magistrado Pablo de la Vallina, después de escuchar los argumentos de los litigantes, decidió inadmitir más pruebas, remitirse a las que ya obran en su poder y, en suma, dictará su sentencia en función de todo ello. En opinión del juez, y así se lo expuso a ambas partes letradas, se trata de una cuestión estrictamente jurídica y procedimental, y sobre  todo ello basará su fallo.

De esta manera empieza a tomar forma la resolución jurídica del recurso presentado por un grupo de afiliados del PP de Gijón en contra de una actuación realizada por la candidatura ganadora del mismo, encabezada por el diputado regional Andrés Ruiz, y que supuso hacer un cambio en su lista del congreso fuera de los plazos previstos en los estatutos o, al menos, eso es lo que defiende la parte demandante. Se trataba de Adrián Carneado, hombre de máxima confianza de Andrés Ruiz, pero que había participado de forma activa en el congreso del partido en Villaviciosa unos meses antes. Sobre la marcha, con la supuesta aquiescencia de los servicios jurídicos de Madrid, sin que conste documento alguno al respecto, se quitó de la lista al citado Adrián Carneado y se le sustituyó por otro militante. Este cambio, como queda dicho, no está avalado por los estatutos del partido, ni por el reglamento interno del propio congreso local, ni, como se apuntaba con anterioridad, escrito alguno de los servicios jurídicos del partido en Madrid.

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Precisamente ese asunto, el aval jurídico del cambio de nombres, suscitó una pregunta del magistrado Pablo de la Vallina al abogado de la defensa del PP de Gijón Pedro Górriz que, además, formaba parte del comité organizador del congreso de Gijón. El juez consultó  de forma directa a Górriz sobre el sostén jurídico del citado cambio, considerado como un  ‘defecto de forma  insubsanable’ por la parte demandante, y no obtuvo una respuesta clara y directa, eso sí, adujo el letrado del PP local, después de una rápida revisión de los folios de los estatutos del partido, que en ninguna parte se hacía constar que no se pudiera hacer tal cambio. “¿Los  estatutos preveían la subsanación o no?”, cuestionó el juez. No hubo más respuesta.

Por la parte demandante acudió a la cita judicial el letrado Iván Cortina, compañero de despacho de Luis Tuero, quien expuso un listado de posibles testigos para un hipotético juicio, entre los que se encontraban nombres como los de Cuca Gamarra y Alberto Durán, éste último responsable de los servicios jurídicos del partido en Madrid, además de Andrés Ruiz, Álvaro Queipo, Rodrigo Pintueles (como presidente del congreso local) o Esther Morandeira, letrada, miembro del comité organizador del congreso y candidata en la lista de José Manuel del Pino.  Por la parte demandada, de la que también formaba parte un letrado en representación específica del presidente Andrés Ruiz, también se pretendía la  comparecencia como testigos de la citada Esther Morandeira y de Rodrigo Pintueles.

En todo caso, nada de eso sucederá, porque el magistrado considera que se trata de un asunto estrictamente jurídico y procedimental y el fallo deberá de basarse en si los estatutos del partido preveían, o no, la subsanación del error de incluir a un nombre en la candidatura de Andrés Ruiz que no podía figurar en la misma y cambiarlo a los pocos días de la celebración del cónclave. Los demandantes consideran que no existe soporte jurídico para el cambio en los plazos en los que se produjo y que ello invalida toda la candidatura. El magistrado, como queda apuntado, cuestionó de forma directa a la parte demandada sobre ese respecto sin obtener una respuesta concluyente, aunque Pedro Górriz  insistió en argumentar los tiempos del recurso presentando por los demandantes que, a su juicio, estaban fuera de los plazos que prevén los estatutos del partido.

Finalmente y en suma, después de una ‘vistilla’ a apenas treinta minutos, el juez desestimó la presentación de más pruebas y también consideró innecesario la celebración de un posterior juicio y las declaraciones de los testigos propuestos por ambas partes y el asunto quedó visto para sentencia. La legalidad o no del congreso local del PP de Gijón se conocerá, pues, tras un largo proceso, dentro de pocos días y, con ello, el indiscutible precio político que tendrá la decisión judicial.

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