Se le ha revisado la condena para que se quede en cuatro años de prisión. Dos años y medio menos de lo inicialmente dispuesto

La Audiencia Provincial de Oviedo, en Asturias, ha emitido un nuevo auto judicial en el que se rebaja la pena a otro agresor sexual tras la reciente entrada en vigor de la nueva ley de libertad sexual, conocida popularmente como la de ‘solo sí es sí’.
En este caso un hombre que fue condenado a finales de diciembre de 2019 a seis años y medio de prisión por una agresión sexual se ha visto beneficiado por la nueva legislación y se ha revisado la condena para que se quede en cuatro años de prisión. Es decir, dos años y medio menos de pena. Así las cosas, el reo será excarcelado en un plazo breve de tiempo, dado el tiempo que ya ha estado en prisión. El hombre fue condenado en 2019 como responsable de un delito de agresión sexual en concurso medial con un delito de amenazas y un delito de detención ilegal y además como autor de un delito de quebrantamiento de condena.
La Audiencia Provincial de Oviedo señala que se cumple así con el principio de Derecho Penal de aplicar la legislación más favorable al reo, siguiendo además las pautas establecidas por el Tribunal Supremo, y fijando la pena en esos cuatro años, en la horquilla inferior intermedia de la pena imponible, lo que «guarda la proporcionalidad y criterio individualizador establecido en la sentencia».